En dos meses, el país estrenará un nuevo sistema para la apelación de sentencias, el cual permite al ciudadano que una segunda instancia revise el primer fallo.
Se trata de la entrada en funcionamiento, a partir del 9 de diciembre próximo, de los Tribunales de Apelación de Sentencia.
José Manuel Arroyo, presidente de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, calificó este hecho como el más importante en el sistema judicial penal de los últimos tiempos.
Advirtió que así se cumple con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en agosto del 2004, cuando resolvió el caso del periodista Mauricio Herrera y
“Ese requisito aparece en el artículo 8, inciso 2, punto h de la Convención Americana de Derechos Humanos, artículo que el país debe acatar”, afirmó Arroyo.
Según datos estadísticos del Poder Judicial, al finalizar el 2010 los Tribunales de Casación resolvieron 347 casos y quedaron en trámite 740. En tanto, la Sala Tercera falló 1.470 asuntos y siguieron pendientes 1.420 asuntos.
En tanto, jueces de varios tribunales, coincidieron en que esta reforma vendrá a alargar la duración del proceso penal y a saturar despachos, con el consecuente costo para la administración.
“En noviembre del 2010, la CIDH dio por cerrado el caso Herrera pues dijo que el Estado había reformado satisfactoriamente el sistema con la creación de los Tribunales de Apelación”, precisó Arroyo.
Esos despachos eliminarán a los actuales Tribunales de Casación Penal. Funcionarán en cuatro lugares: Goicoechea (con tres secciones y nueve jueces), San Ramón, Cartago y Santa Cruz (que contarán con dos secciones y seis jueces, cada uno). Además, se tendrá en Goicoechea un Tribunal de Apelaciones de Penal Juvenil (con dos secciones y seis jueces).
En total serán 33 jueces. Todos los fallos que emitan serán como tribunal colegiado (de tres miembros). Arroyo dijo que las resoluciones, ya sean de Tribunales Unipersonales o de Tribunales Colegiados, podrán ser impugnadas ante los Tribunales de Apelaciones.
En el caso de que el fallo no sea recurrido, luego de un plazo de 15 días hábiles adquiere firmeza. En estos casos no se podrá llevar el asunto a casación.
Arroyo explicó que los Tribunales de Apelaciones harán una revisión integral del fallo, incluida la legalidad del procedimiento, y ordenarán los reenvíos respectivos.
“Los fallos de la Sala estarán dirigidos a orientar el sistema a través de sentencias muy bien elaboradas y fundamentadas. Se aceptarán asuntos en los que se objete una violación al debido proceso y casos donde existan asuntos contradictorios”, precisó.
Según el presidente de la Sala III, el recurso de casación no será una tercera instancia, sino “un recurso extraordinario, formal y cerrado; la apelación se garantiza con los nuevos tribunales”.
Arroyo dijo que, con la entrada de esta nueva legislación, desaparece el recurso de revisión.
Explicó que se está en una fase de transición, y que aquellos asuntos presentados tanto ante la Sala como ante los Tribunales de Casación seguirán el trámite normal.
Solo en los expedientes donde se alegó que la sentencia no puede ser recurrida ante una instancia superior, se les dará la posibilidad de readecuar el recurso hacia los Tribunales de Apelación.
La auditoría del Poder Judicial, en un informe del 4 de mayo pasado, señaló que el cambio significará un costo adicional de ¢70 millones en pago de alquiler y plazas nuevas.