En una banca de la Fiscalía, un hombre borracho cabecea sobre el hombro del oficial de Tránsito que lo detuvo horas antes por conducir en estado de ebriedad.
El tiempo pasa y el policía ha tenido que lidiar con el olor y la mala conducta del chofer, que empieza a despertar. Si la fila es corta, esperarán un par de horas, pero lo normal es que el proceso se alargue por unas cinco horas.
Esta escena es parte del vía crucis diario que padecen los tráficos desde el 2008, cuando se calificó la conducción en ebriedad como un delito (si la concentración es superior a 0,75 gramos por cada litro de sangre), norma que se mantuvo en la reforma del 2012.
Anteriormente, la sanción por manejar borracho era administrativa: se multaba al conductor y se le retiraba el vehículo.
Hoy, estos casos pasan al ámbito penal, con un castigo de uno a tres años de cárcel, aunque lograrlo no es tan simple.
“Si un compañero y yo nos encontramos a una persona con posibles efectos de alcohol y andamos en moto, hay que llamar a una patrulla (que porta alcohosensor). Si la prueba sale positiva, se llama a una unidad para trasladar a la persona. Ahí vienen otros dos oficiales. Son mínimo dos oficiales, máximo seis, atendiendo un solo evento”, resaltó Diego Herrera, de la Policía de Tránsito en San José.
La historia no termina allí Los tráficos además deben llamar a una persona allegada al infractor para que se lleve el automotor. Esto porque, desde el 2012, se eliminó, en este tipo de casos, el comiso (pérdida) del vehículo a favor del Estado, explicó el fiscal adjunto de San José, Francisco Fonseca.
El proceso se extiende, pues los oficiales deben llevar al detenido a realizarse la prueba de sangre y además, a la Fiscalía.
“Ya hay que dedicarse a eso casi todo el día”, aseguró Herrera.
Para el fiscal Fonseca, “al ser un asunto penal, es el Estado el que tiene que probar que la persona conduce bajo esa concentración de alcohol y es ahí donde se da todo esto que relatan los oficiales”.
“Hay que solicitar a la Caja Costarricense de Seguro Social que le hagan el examen (de sangre). Ahí los ponemos (a los médicos) a hacer funciones que no les son propias, casi como de agentes forenses.
”Esas muestras hay que llevarlas a Toxicología. Tal vez se retrasa porque el señor (chofer) está peleando y los funcionarios viendo cómo le agarran los brazos.
”Todo ese tiempo, el oficial de Tránsito va a estar ahí sin poder hacer su labor preventiva”, detalló Fonseca, quien abogó para que el Estado retome la educación y las sanciones, en vez de saturar el sistema judicial.
¿Prisión? El cambio del 2008 en la legislación planteó endurecer el castigo para los conductores temerarios y llevarlos a prisión; sin embargo, en la práctica, muchos logran salir bien librados, pues la ley permite conmutar la pena.
El año pasado, por ejemplo, al Tribunal de Flagrancia de Goicoechea llegaron 139 conductores temerarios (no se indica cifra por ebriedad, pero es la principal causa).
De ellos, 15 fueron condenados y de estos, 11 obtuvieron el beneficio de ejecución de la pena y no fueron a prisión, apuntó Carlos Pérez, coordinador judicial del Tribunal.
Del resto, 94 se acogieron a medidas alternas (realizar horas de trabajo comunal o donaciones), dos quedaron absueltos y 28 siguen en trámite o declarados “rebeldes”.
La oficina de Estadística del Poder Judicial indicó que durante el 2013, los Tribunales de Flagrancia del país condenaron a 93 conductores temerarios y absolvieron a seis. Aunque no registran el total de detenidos ni cuántos se acogieron a medidas alternativas, se indicó que los segundos son la gran mayoría.
La Policía de Tránsito no ofreció una cifra de detenidos el año anterior, pero precisó que, por ebriedad en categoría A (entre 0,50 y 0,75 gramos de alcohol por litro de sangre), hizo 1.981 boletas. Esa falta no se lleva a la vía penal: se castiga con una multa de ¢293.000, el retiro temporal del vehículo y la acumulación de seis puntos en la licencia.
Durante la primera mitad de este año, fueron 845 los casos enviados al Ministerio Público por conducción en embriaguez.
Tocar el bolsillo. El fiscal Fonseca también resaltó que el castigo se hizo menor al eliminar la posibilidad del comiso del vehículo.
“Entonces, ¿qué es lo que realmente le interesaba a la gente, lo que le daba temor? Pues perder su carro. Tóquele el bolsillo a cualquier costarricense y verá”, dijo.
Fonseca añadió que, cuando el chofer se acoge a un proceso de solución alterna, no se dicta culpabilidad, por lo que tampoco es inhabilitado para conducir.
En los casos que terminan en una condena, dependerá del juez si impone o no la inhabilitación temporal, que puede variar entre dos a cuatro años.
En casos reincidentes, la pena de prisión puede ser de dos a ocho años, sin medidas alternativas.
“Entonces, el mensaje que manda el Estado es: mejor no maneje con poco licor, sino con una cantidad que sea bastante, porque le puede salir más barato”, ironizó Fonseca.