El Tribunal Contencioso-Administrativo de Goicoechea anuló el castigo que la Corte Plena impuso a la jueza Vivian Coles Calderón por su actuación en un caso de drogas.
Coles había sido sancionada con una amonestación escrita, en octubre del 2007, cuando una mayoría de 11 magistrados consideró que había cometido una “falta grave” al dar por terminado un allanamiento, pese a que la fiscala le solicitó más tiempo.
El pasado 4 de setiembre, los jueces Marianella Álvarez, Cinthya Abarca y Christian Hess anularon los acuerdos de la Corte mediante los cuales se impuso la sanción, según detalla la resolución 177-2012-VI del Tribunal.
Los jueces consideraron que no se demostró que Coles cometiera un error.
Criterios. El caso por el que fue sancionada Coles se remonta al 8 de junio del 2006, cuando se realizó un operativo antidrogas en barrio Cuba y Cristo Rey de San José.
Coles programó realizar los allanamientos entre la 1 p . m. y las 6 p. m., pero la fiscala le indicó que se podía alargar. No obstante, la jueza ordenó concluir a las 6 p .m.
La Corte Plena determinó que la salida apresurada provocó que se perdiera evidencia y por ello la sancionó.
Sin embargo, el mes pasado, los jueces, con base en jurisprudencia constitucional, consideraron que los fallos disciplinarios de la Corte no pueden darse contra las valoraciones técnicas o jurídicas que realicen los jueces pues ello afectaría la independencia judicial.
Asimismo, determinaron que la decisión de Coles no afectó el proceso pues la prueba recabada fue suficiente para la investigación, e incluso, logró que la imputada fuera condenada, según resaltaron.
Adriana Orocú, de la Asociación Costarricense de la Judicatura (Acojud), coincidió con el criterio del Tribunal Contencioso.
Señaló que existen mecanismos jurídicos contra decisiones de los jueces dentro de un proceso, como la revocatoria o apelación,
Luis Paulino Mora, presidente de la Corte, indicó que es “normal” que las resoluciones administrativas de ese ente sean apeladas ante tribunales. “El criterio que prevalece es el del juez”, señaló.
El jerarca dijo desconocer si se han llevado a la vía contenciosa otros casos sobre sanciones.
“Personalmente, estimo que el ciudadano no tiene por qué soportar el error grave de ningún funcionario público, ni siquiera de un juez”, apuntó Mora.
Se intentó conocer un criterio de Coles, pero no respondió las solicitudes de este medio.