La Sala IV ordenó al Consejo Superior del Poder Judicial redactar “a la mayor brevedad posible” un proyecto de ley que fije un tope máximo para la pensión del régimen de los empleados judiciales.
La medida está incluida en un apartado, llamado “comentario adicional” , en el voto completo donde los magistrados declararon inconstitucional que el monto de la jubilación en ese régimen sea igual al salario de un diputado (actualmente de ¢2,8 millones).
La resolución fue tomada el 27 de enero del 2010, pero el voto integral lo comunicaron ayer, entre la 1:30 p. m. a las 2 p. m., informó la Oficina de Prensa de la Corte Suprema de Justicia.
Según los magistrados, la nueva propuesta debe estar fundamentada en estudios actuariales y pretende darle sostenibilidad al sistema de pensiones de ese poder de la República.
Este voto trasciende luego de que
Édgar Robles (superintendente de pensiones) manifestó que, aparte de la eliminación del monto máximo de pensión, el régimen también es afectado por la revalorización de la jubilación que acompaña a los exempleados cuando el personal se pensiona con el promedio de los últimos 12 salarios.
“La explicación se debió fundamentar en criterios técnicos (...) y no solamente en la necesidad de imponer un límite”, precisó el fallo, redactado por el magistrado Alexánder Godínez.
En la sentencia se consignó: “El legislador optó por establecer un tope como medida de previsión social, la cual puede considerarse como válida y necesaria (...); sin embargo, esa decisión carece de proporcionalidad. No existe explicación alguna que justifique que sea ese tope y no otro distinto el que deba escogerse”.
El Poder Judicial adjudicó a una firma argentina un nuevo estudio actuarial para conocer el estado actual del régimen, que concluiría en febrero.