Las sentencias condenatorias contra ocho imputados del caso ICE-Alcatel tuvieron el voto “disidente” o “salvado” del juez Jorge Camacho Morales.
De esta forma, las penas no se dictaron por unanimidad, sino por votos de mayoría de dos de los tres miembros del Tribunal.
En su razonamiento, Camacho sostuvo que debió absolverse al expresidente Miguel Ángel Rodríguez como instigador de José Antonio Lobo, exdirectivo del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
Según el fallo, la influencia de Rodríguez provocó que Lobo aceptara participar en el esquema de dádivas de Alcatel.
Beneficio a Lobo. Camacho explicó que la única prueba en contra del exmandatario era el testimonio de Lobo, que se recibió en la Corte mediante un criterio de oportunidad cuestionable.
Criticó la forma en que el Ministerio Público le dio el beneficio a Lobo para que colaborara en el proceso a cambio de no ir a juicio, como los demás imputados.
Mencionó que a pesar de que podrían existir más delitos de Lobo, fueron ocultados a un juez penal para que se le diera el criterio de oportunidad.
El juez afirmó que al exdirectivo del ICE incluso se le permitió conservar un millón de dólares de todo el dinero que recibió.
Camacho fundamentó que si el testimonio de Lobo era ilegítimo, también debía absolverse a Édgar Valverde Acosta, Luis Adrián Quirós y Alfonso Guardia por supuestamente ofrecerle dádivas al exdirectivo del ICE.
Luego de la sentencia, el fiscal general, Jorge Chavarría, manifestó que estudiarán con cuidado el voto de minoría de Camacho, pero que no está de acuerdo con los argumentos que expuso.
Agregó que el criterio de oportunidad para Lobo se aplicó correctamente. “El voto de mayoría refleja la realidad”, concluyó.