A las 12:20 del 13_10_07.Rescate Victimas en el Bajo Cacao de San Isidro de Atenas. En la foto, el lugar del Deslizamiento, encuntran el cuerrpo de Luz Adelina, #11. /Fotografa:Francisco Rodrguez.E./La Nacion.
El Juzgado Penal de Atenas exoneró de toda responsabilidad a la exministra de Obras Públicas y Transportes Karla González Carvajal por el caso del alud que, en octubre del 2007, mató a 14 personas en Bajo Cacao de Atenas, Alajuela.
En la resolución judicial notificada el martes, también se liberó de los delitos de homicidio culposo, desastre culposo, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes a otras siete personas.
Se trata de los exdirectores del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) Alejandro Molina Solís y José Gerardo Chacón Laurito, al exalcalde de Atenas, Wilbert Aguilar Gatgens; los empresarios Reinaldo Hernández Durán y José Martín Irías Hernández, y al ingeniero Luis Carlos Gómez Pasos.
En el fallo se deja sin efecto una demanda millonaria que como acción civil habían ejercido los afectados. Empero, queda abierta la posibilidad de que las víctimas reclamen sus derechos civiles en la vía correspondiente.
Contra la sentencia existe la posibilidad de recurso de apelación y, según afirmó ayer el fiscal adjunto de Alajuela, Minor Zumbado, se está analizando la resolución para determinar si se impugna en parte o en su totalidad. “Tenemos tres días hábiles para plantear la apelación”, indicó Zumbado.
La tragedia ocurrió el 11 de octubre del 2007, cuando se desprendió una porción de terreno en Bajo Cacao de Atenas, la cual sepultó a 14 personas. Además, otros 30 vecinos del lugar resultaron con lesiones de consideración o perdieron las viviendas y enseres domésticos.
La pesquisa se fundamentó en una demanda que presentó en el 2010 el abogado Carlos Alberto Guillén Contreras, en representación de las familias de los fallecidos.
“Para ello, esta autoridad ha realizado un minucioso análisis de la misma, considerando que en ella no se indica de manera clara y precisa la supuesta conducta delictiva desplegada por los imputados, lesionando con ello las garantías fundamentales atinentes al debido proceso y derecho de defensa de los acusados”, reza el texto.
El juez aseguró que la acusación fiscal presenta defectos en la descripción; propiamente, carece de la debida imputación del hecho atípico a cada uno de los encartados.
Sobre la participación de Karla González, explicó que el muro de gaviones que se desprendió y ocasionó el alud lo construyeron en los meses de julio, agosto y setiembre del 2004, y que González fue ministra en el periodo de mayo del 2006 a octubre del 2009. Agregó que el deslizamiento ocurrió el 11 de octubre del 2007, cuando ella era ministra, pero tres años después de construida la obra.
“No existe acción u omisión constitutiva de delito achacable a su persona (..) pues como se indicó, lo ocurrido era imprevisible para ella y por ende inevitable”, consideró el juez de Atenas.
Igualmente, dijo en relación con el caso de Alejandro Molina que no es posible atribuirle un delito “pues la planificación y negociación del mencionado muro se da en el año 2003 (...) fecha en que el mismo (...) no era director del Conavi”.
Fernando Apuy, defensor de Molina, afirmó al conocer este fallo: “Una acusación injusta, ilegal y ayuna de respeto al debido proceso ha sido derribada”.