Alfredo Jones, director ejecutivo del Poder Judicial, asegura que la Corte Plena ha decidido no pagar la supervisión a la Supén a menos que se demuestre si fue “efectiva”.
Pese a que la Ley Reguladora del Mercado de Valores obliga al ente supervisado a colaborar con el 20% de los gastos efectivos de la Supén, el Poder Judicial, como administrador del Fondo de Jubilaciones y Pensiones, se ha negado desde el 2000.
Édgar Robles, superintendente de la Supén, informó que, el 5 de abril anterior, solicitaron al Tribunal Contencioso-Administrativo que el Fondo de Pensiones deba contribuir con el presupuesto de este órgano.
Además, que deba pagar una deuda por ¢378 millones (intereses incluidos) por la supervisión del 2002 al 2010 que han dejado de pagar en ese periodo.
Según la Supén, la interpretación que la Corte Plena ha dado sobre la “supervisión efectiva” para no proceder con el cobro no es válida, ya que la ley establece que al ser un sujeto fiscalizado está obligado a efectuar la contribución, sin que el pago esté sujeto a que el ente supervisor demuestre si ha realizado o no una supervisión.
“Nosotros tenemos voluntad de pagar, pero no de pagar ese 20% si no está demostrada cuál es la supervisión. ¿Qué le cuesta a la Supén decirnos en qué gastaron?”, dijo Jones.