De mayo del 2014 a la fecha, nos ha correspondido encontrar casos insólitos en la Dirección Nacional de Pensiones, que ponen de manifiesto un grave perjuicio al erario; sin embargo, por increíble que parezca, se ajustan a las leyes.
Un caso para ilustrar es el de un diputado de los años 70, quien se acogió a su pensión del Régimen Hacienda Diputado en mayo de 1986. Se le concedió habiendo laborado para el Estado un total de 13 años.
Al fallecer, en 1986, la pensión se le traspasó a una hija, quien para entonces tenía 10 años. Desde luego, no objetamos el traspaso, por cuanto es normal y deseable que los hijos menores queden protegidos por nuestro sistema de seguridad social hasta su mayoría de edad, o al finalizar sus estudios superiores, según sea el caso.
Lo increíble es que esa misma pensión se siga pagando hoy, 29 años después de que falleció el beneficiario original, solo que con diversas actualizaciones por costo de vida, que la elevan en el presente a la suma de ¢2.700.000.
La hija tiene ya 39 años y es una profesional, razón por la cual, obviamente, posee la capacidad de generar su propio sustento, sin que exista motivo para que el Estado deba seguir pagando esta pensión por décadas y décadas, salvo porque la ley lo permite.
Más privilegios. Para terminar de agravar el panorama, votos de la Sala IV estipularon que las pensiones Hacienda Diputado se revaloren anualmente un 30% por “costo de vida”, cuando la inflación de años recientes, a lo sumo, llega al 5%, y se supone que la inflación debe ser el parámetro para actualizar el monto.
Continuando con las granjerías y privilegios, cuando en 1999 se emitió la Ley 7.858 y quedó estipulado un tope de 10 salarios mínimos a las jubilaciones con cargo al presupuesto nacional, se aprobó, también, eximir de este máximo a las pensiones Hacienda Diputado, con lo cual estas continuaron “por encima del bien y del mal”.
Oposición. En todo caso, no fue sino en setiembre del 2014 que la Administración tuvo la valentía de hacer cumplir esta legislación de finales de 1999, lo cual, por supuesto, fue llevado por los afectados a la Sala IV, donde todavía no se resuelve, por lo cual los montos de dichas pensiones se mantienen vigentes.
Si bien las leyes de pensiones con cargo al presupuesto nacional fueron objeto de reformas profundas en la década de los noventa, con lo cual las jubilaciones otorgadas a partir de entonces tienen menos privilegios que los regímenes originales, las que estaban en curso de pago en esa época siguen impactando gravemente al erario y reflejan todo tipo de privilegios, inadmisibles para un país con un 20% de personas en condición de pobreza.
Para detener privilegios como el antes expuesto, preparamos el proyecto de ley 19.661, presentado al Plenario en agosto pasado. También hemos estudiado y avalado iniciativas muy loables, como los proyectos legislativos 19.264 y 19.310, presentados por la diputada Sandra Piszk, que complementan la iniciativa del Poder Ejecutivo.
Señores diputados, no podemos seguir permitiendo estos casos y verlos con normalidad. De la manera más respetuosa, pero enfática, les solicitamos brindar alta prioridad a las reformas antes citadas para hacer posible un sistema de pensiones más justo y equitativo para nuestros conciudadanos.
Alfredo Hasbum es viceministro de Trabajo.