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La solución al problema de los taxistas irregulares

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Me parece que en el medio se ha difundido la idea de que el artículo 323 del Código de comercio, en cuanto regula el transporte de personas, es el fundamento legal del porteo de personas en taxis que no cuentan con licencia o autorización de taxi otorgada por el Ministerio de Obras Públicas y Transporte. Tanto así que se generalizó el término “porteo” (y “porteador”) para esa actividad irregular. Esa concepción es errónea y explico el error como sigue.








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