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Una solución fruto del diálogo constructivo

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La resolución del trámite de las solicitudes de permisos para el ingreso de aeronaves extranjeras al tenor de lo dispuesto en el artículo 121, inciso 5, de la Constitución Política, emitida el pasado jueves, armoniza una celosa defensa de la soberanía nacional con la racionalidad en la tramitación de los permisos y la necesidad de contar con plazos razonables para tomar decisiones.








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