Ante la discusión actual sobre el recorte del presupuesto nacional 2012 es importante analizar cuidadosamente el tema, hacer un análisis comparativo de los datos y las posibles consecuencias para las finanzas públicas.
Las enmiendas 91 y 559 presentadas por parte de algunos diputados de oposición pretenden cambiar el presupuesto nacional sin fundamento técnico, sin pensar en las prioridades del presupuesto y los programas esenciales para el funcionamiento del aparato institucional del país. Estas propuestas no establecen un recorte real, sino una reasignación del presupuesto de los ministerios e instituciones del sector público de forma arbitraria.
De acuerdo con la información que da contenido a estas mociones, se realizó una comparación de la disminución y aumentos presupuestarios que se plantean, mostrando que no se recortan, sino que se redistribuyen los recursos en otras partidas, afectando la buena marcha de los asuntos públicos. Como es evidente en la información expuesta en los cuadros anteriores, las cantidades que se recortan son las mismas que se aumentan en partidas a otras instituciones. Por tanto, no existe de parte de los diputados de oposición la intención real de reducir el déficit fiscal con estas enmiendas.
Se carece de información técnica/objetivos que sustenten este re-direccionamiento del gasto. Estas variaciones cambian, entre una moción y otra, sacrificando lo estratégico y urgente establecido por el Gobierno, lo cual es una propuesta que cambiaría el plan de gastos, ocasionando el desmantelamiento parcial en el funcionamiento del aparato público. Adicionalmente, se denota en la información de ambas mociones que una de las instituciones que incluyen en el “recorte” es la Asamblea Legislativa. Sin embargo, no es un recorte real ya que posteriormente es incluida dentro de las instituciones a las que se redirigen los recursos “recortados”.
Este redireccionamiento del gasto no solo no disminuye el déficit fiscal, sino que provocaría un aumento ya que se están dejando obligaciones legales descubiertas, sin recursos asignados para el cumplimiento por parte del Gobierno, como alquileres, pago de prestaciones, entre otros. El Poder Ejecutivo estaría en la obligación de presentar un presupuesto extraordinario para restituir las partidas que recortarían los diputados, aumentando el déficit y perjudicando las finanzas públicas del país. Como lo establece la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, todo presupuesto público deberá responder a los planes operativos institucionales anuales, de mediano y largo plazo, adoptados por los jerarcas respectivos. Dentro de este contexto es importante tener claro que el Plan Nacional de Desarrollo orienta las prioridades para la ejecución de acciones y programas por parte de las organizaciones del Estado, así como la agenda de inversión pública y de cooperación internacional, de manera que todos los recursos y esfuerzos confluyan hacia la consolidación de la visión de país que ha sido validada por la ciudadanía en el ejercicio democrático del sufragio.
Por otra parte, la subejecución presupuestaria es otra premisa argumentada para validar la reducción del presupuesto, no obstante que los datos de ejecución por parte del Gobierno Central no fueron estudiados.
Primero, es erróneo extrapolar gastos con un promedio simple a cinco años de pasadas ejecuciones. Esto no contempla cambios en prioridades ni cambios en comportamiento. En los últimos tres años, en el caso del Ministerio de Planificación se muestra que un 98,7% del presupuesto fue ejecutado para el 2010 (fuente: Contraloría General de la República), aumentando la ejecución comparativamente con respecto a los años 2007, 2008 y 2009.
Segundo, algunas de estas partidas subejecutadas son una práctica contable necesaria que prevén ciertos eventos: un referéndum, una demanda de carácter nacional e internacional, las prestaciones legales en caso de cesantía o pensión. Si estos rubros no se presupuestan, no se pueden ejecutar estas situaciones.
Tercero, el financiamiento del presupuesto está dado por un 54,6% de ingresos corrientes y 45,4% con colocación de títulos valores. Cuando se tiene un déficit del 5,5%, la concepción de subejecución que se maneja es errada, ya que no sobra dinero. Ejecutar una supuesta partida subejecutada, aumenta el gasto, lo que obliga a colocar más bonos, endeudando más al país.
Por tanto, el camino para consolidar nuevos logros exige un respaldo de inversión y contenido económico para acciones que generen mayor bienestar a los/as costarricenses, construyendo un porvenir con paso firme.