Una sola mujer que maten por violencia de género es demasiado en Costa Rica o en cualquier parte del mundo.
En el Poder Judicial la investigación y sanción de estas muertes, denominadas feminicidios, son una prioridad.
Esta tarea, de investigar y sancionar a los culpables, la hacemos cumpliendo con el mayor estándar establecido en la materia, la debida diligencia, la cual es reconocida en el artículo 7 de la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
Registro. Desde el 2007, la Sección de Estadística del Poder Judicial recibe información de la Policía Judicial, el Ministerio Público y los juzgados, lo cual ha permitido un registro preciso y detallado de todas las muertes violentas de mujeres por razones de género en el país.
Ello no solo permite contar con datos oficiales, comparables, confiables y sostenibles, sino que, además, ofrece información acerca de las características de la víctima y el victimario, el método utilizado para causar el feminicidio, las variables sociodemográficas y la relación de parentesco, entre otros.
Desde hace algunos años, el Poder Judicial integra, junto con el Inamu, el Ministerio de Salud, la Defensoría de los Habitantes y Cefemina, la Comisión Interinstitucional para el Registro del Feminicidio, que se reúne periódicamente y hace un análisis de los feminicidios ocurridos en el país y su ruta crítica.
Tal ha sido la calidad de la metodología construida por el Poder Judicial de Costa Rica para el registro de estas muertes, que incluso organismos internacionales, como ONU Mujeres y la Secretaría General Iberoamericana (Segib), han mostrado interés en que se replique en otros países latinoamericanos.
Investigación. En Costa Rica no se queda un solo caso de feminicidio sin investigar. Entre el año 2011 y el primer semestre del 2015 se cometieron 119, y todos fueron investigados.
Además, el Poder Judicial trabaja permanente en la mejora de los métodos de investigación, capacitación de personal y celeridad de los procesos, que tomen en cuenta las características específicas de este tipo de delitos.
Las estadísticas reportadas por el Poder Judicial muestran que desde el 2011 hubo una disminución de 30 casos a 21 en el año 2012; 11 en el 2013, pero con un repunte en el 2014 de 16 casos.
No existe en la actualidad ningún estudio científico que establezca las causas de la disminución de estas muertes.
Sanción. En el periodo 2009-2014, los tribunales penales emitieron una condena en el 88% de los casos de feminicidio, con un promedio de 23 años de prisión. Y los procesos, desde la etapa preparatoria hasta el juicio, duraron en promedio 9 meses y 2 semanas, en el año 2013, y 10 meses y una semana en el 2014.
Ciertamente, existe investigación en todos los casos de muertes violentas de mujeres por razones de género; sin embargo, el Estado está en deuda principalmente en los aspectos referidos a la prevención.
Estas autoridades, que son primordialmente las del Poder Ejecutivo y sus instituciones autónomas, son las que tienen el peso de responsabilidad estatal en medidas de prevención, las cuales deben articularse de la manera más adecuada con el Poder Judicial.
Jeannette Arias Meza es jefa de la Secretaría Técnica de Género del Poder Judicial