Después de tratar de esconder durante casi 10 años la insostenibilidad financiera del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) ha tenido que aceptar esa realidad. Para este tema crucial urge una propuesta seria, que lamentablemente la CCSS no ha presentado.
La más importante herramienta para promover la justicia social en las sociedades modernas es el régimen de seguridad social, mediante el cual se debe atender previsoramente las necesidades de las personas que no tengan posibilidades laborales, sea por incapacidad permanente o temporal, o por vejez.
En Costa Rica, la benemérita reforma social del presidente Calderón Guardia estableció el camino para poder cumplir con esta obligación primerísima de la justicia y la fraternidad, en una sociedad de personas dignas, libres y solidarias.
A ese paso fundacional lo siguió, en orden de importancia, la aprobación constitucional en el gobierno de don Mario Echandi de la universalización de los seguros sociales, el establecimiento de rentas específicas en su favor y el inicio del aumento del tope de cotización para incrementar la solidaridad.
El avance siguiente se dio con la aprobación de Asignaciones Familiares en el gobierno de don Daniel Oduber, pues el entonces diputado Rafael Ángel Calderón Fournier introdujo ahí las pensiones no contributivas para proveer de una pensión básica a las personas pobres adultas mayores.
Ley de Protección al Trabajador. Inspirado en las enseñanzas del Dr. Fernando Trejos Escalante y desde mucho antes de ser presidente, el tema de la previsión social ocupó un sitio privilegiado entre mis preocupaciones.
En 1998, persistían en la seguridad social problemas de falta de solidaridad y de cobertura, complejidad, estatización, falta de participación de las personas, desequilibrio financiero, contribuciones estatales discriminatorias y regresivas y beneficios discriminatorios entre generaciones. Además, el envejecimiento de nuestra población hacía mucho más serios esos problemas, pues una proporción menor de trabajadores debía sostener el Régimen de IVM de la CCSS.
Por eso se incluyeron en la Concertación Nacional los temas del sistema de pensiones y del auxilio de cesantía, y gracias a la contribución intelectual y a la voluntad de los más diversos grupos se aprobó la Ley de Protección al Trabajador (LPT).
Los objetivos que propusimos a la Concertación Nacional fueron asegurar el financiamiento a largo plazo, ampliar su cobertura, ligar los beneficios a los aportes de cada cual en los casos de personas con empleo fijo o con ingresos suficientes, mejorar la supervisión para fortalecer la seguridad del sistema, proteger los recursos frente a futuras necesidades y carencias fiscales y promover un manejo que maximizara el beneficio de este ahorro para la economía nacional.
La ley aprobada fortaleció el IVM. Creó una segunda pensión para todos los trabajadores sin costo adicional para ellos, redistribuyendo cargas sociales ya existentes y con un aumento en la contribución patronal. Consolidó el sistema complementario de pensiones voluntarias. Permitió en esos dos últimos pilares la creación de operadoras privadas con base en esquemas de capitalización del aporte de cada individuo. Además, se universalizó la cobertura de las pensiones no contributivas para los adultos mayores pobres, generando nuevas fuentes de recursos para darlas a quienes carecían de ellas. Se garantizó que se recibiese parte de la cesantía sin importar la causa de cese de la relación laboral. Se rompió parcialmente el tope de este auxilio y, además, se utilizaron los recursos girados mensualmente para crear ahorro a largo plazo.
Desfinanciamiento del IVM. Con la LPT el régimen de IVM se mantuvo como un fondo de reparto, basado en la solidaridad social y operado por la CCSS. Se dieron a esa entidad herramientas para facilitar su universalización incluyendo a trabajadores informales y para mejorar el cobro de las cuotas, y se le proveyeron fuentes nuevas de recursos.
Desde aquellos años era evidente que el monto de las cotizaciones, la edad de retiro y el nivel de la pensión del IVM lo hacían financieramente inviable.
Por eso, y a pesar del enorme aporte para el sistema previsional dado por la Ley de Protección al Trabajador y el impacto que había significado para trabajadores y empresarios, estuvimos de acuerdo en aprobar un ajuste a los parámetros de ese sistema y así se lo propuse al presidente electo, Abel Pacheco, para aprovechar el período de transición y asumir mi gobierno el costo político de ese ajuste.
Pero el presidente electo me pidió no hacerlo y el ajuste efectuado en su gobierno fue insuficiente. Además, no se ha cobrado a los entes autónomos la contribución sobre sus ingresos en favor de la CCSS que la LPT estableció.
Después del estudio actuarial de Nathal que se presentó al presidente de la CCSS Eduardo Doryan en el 2007, vinieron los de la OIT en el 2012, el de Melinsky en el 2015 y ahora el de la Universidad de Costa Rica. Por casi 10 años la CCSS se ha negado a aceptar la realidad y a actuar.
Urgen soluciones, no curitas. Lamentablemente, ahora la CCSS presenta un parto de los montes, con una medida paliativa para enfrentar los problemas de uno o muy pocos años (aumentar la cuota de los trabajadores en un punto porcentual), sin una propuesta verdadera que resuelva el problema financiero del IVM y con el anuncio de analizar el despropósito de hurtar a los trabajadores sus recursos en cuentas individuales de su propiedad en los fondos creados por la Ley de Protección al Trabajador con aportes solo de trabajadores y sus patronos.
Lo que la CCSS debió presentar desde el 2007 a los costarricenses para su debate, y posteriormente aprobar, es un programa con medidas de vigencia inmediata pero con aplicación paulatina, de incremento de cuotas, aumento de la edad de retiro para los trabajadores con menos años laborados y determinación de porcentajes de jubilación que junto con los recursos de pensiones complementarias permitan un retiro con una pensión conforme con las prácticas de sociedades civilizadas.
O presentar una alternativa para pasar a un sistema de cuentas nocionales (individuales) de cada trabajador, que no podría retirar más del valor capitalizado de su aporte, y generar otros ingresos al gobierno para mantener los aspectos de solidaridad del IVM.
El aumento de un punto porcentual en la cuota de los trabajadores para no seguir “comiéndose” el fondo acumulado sería aceptable como una medida inicial mientras se debate la solución integral al problema.
Pero considerar siquiera la posibilidad de arrebatar a los trabajadores sus recursos provenientes de la LPT es un sinsentido inoperante y significa que un ente público analiza la conveniencia de delinquir en contra de los trabajadores.
Es inoperante porque significa desvestir a un santo para medio tapar a otro. En efecto, el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias para un trabajador que cotiza desde el inicio de su vida laboral le aporta una pensión del orden de un 17% de su salario al tiempo de la jubilación. Hurtar esos fondos significa eliminar esa pensión para poner un parche al IVM.
Y analizarlo es planear hurtar a los trabajadores fondos de su propiedad en cuentas a su nombre. Qué ¿para resolver el déficit fiscal se vale estudiar hurtar las cuentas corrientes de los ciudadanos?
Posibilidades. Lo que sí cabe considerar para hacer menos gravoso el ajuste –que lo será y aún más por el atraso en adoptarlo– es que los recursos del Fondo de Capitalización Laboral que estén disponibles a los cinco años por no haber sido usados por motivos de cesantía se le incorporen al trabajador en su cuenta personal y propia de Pensiones Obligatorias Complementarias para incrementar su pensión.
En una vida laboral completa, esto podría significar casi un 6% del salario de cálculo del retiro del trabajador, y disminuye la cuota adicional que tendría que aportarse. Otro 4% de salario podría generarse convirtiendo un punto adicional de la cesantía en aporte patronal al Fondo Obligatorio de Pensiones Complementarias.
Otra medida para paliar el costo del ajuste es hacer efectiva la contribución hasta del 15% de las utilidades de las empresas públicas del Estado que estableció el artículo 78 de la Ley de Protección al Trabajador expresamente para “el fortalecimiento del régimen de IVM”, como plantean proyectos de los diputados Gerardo Vargas Rojas y Luis Vásquez. Y corresponde al Poder Ejecutivo establecer su monto de acuerdo con estudios actuariales de la CCSS.
La CCSS, el Poder Ejecutivo y la Superintendencia de Pensiones (Supén) deben tomar la iniciativa y plantear alternativas serias, integrales y actuarialmente sólidas para su discusión y que finalmente a corto plazo se tome una resolución. No hay campo para plantear despropósitos.
El autor fue presidente de la República de 1998 al 2002.