Estamos acostumbrados a tener una respuesta pronta después de hacer un clic en el ordenador, como consecuencia directa del gran avance tecnológico; sin embargo, en muchos otros escenarios el tiempo se vuelve una situación crítica.
La comunidad internacional requiere una transformación urgente de los organismos encargados de velar por la protección de los derechos humanos, aspecto tan trascendente en la actualidad que requiere un tratamiento privilegiado en la atmósfera jurídica mundial.
Gracias a la era mediática podemos tener acceso a información y sucesos de toda índole, sin importar donde estemos geográficamente, de una manera inmediata, y por ello nos enteramos en los últimos días de la supuesta inobservancia por parte de las autoridades nicaragüenses de derechos consustanciales al ser humano, que se encuentran tutelados en los diferentes instrumentos internacionales.
Lentitud. Es contraproducente ser testigo del quebrantamiento de derechos tan sagrados como si fuéramos espectadores de un reality show , en donde ocurren hechos lamentables, pero eso no es lo peor, lo más terrorífico consiste en la lentitud del sistema internacional para paliar dichas infracciones.
Hago eco de los diferentes reportajes del periodista de La Nación Esteban Mata, en donde narró la precaria situación vivida por el comerciante alajuelense Ed José Tiffer Campos. Una historia de espanto desarrollada en el centro penal El Chipote.
El relato parece más bien la sinopsis de una película de terror basada en los 34 días de encierro del protagonista, pero lo más repugnante es saber que no es producto de un filme de Hollywood, sino el reflejo de la realidad contemporánea.
Esto no acaba aquí, el empresario José Daniel Gil Trejos estuvo recluso 75 días en ese centro penal o, mejor dicho, centro de torturas, hasta esta semana en que fue extraditado a México.
Por ello, hago hincapié en la necesidad de un organismo con suficiente legitimidad para actuar de manera expedita en situaciones como las anteriormente mencionadas.
El paradigma presenta una justicia totalmente desfasada, se requiere un sistema de derecho público que sea capaz de mimetizarse con el contexto actual y dar una respuesta acorde con las necesidades del siglo XXI.
Derecho a la justicia. A escala internacional, debe maximizarse el cumplimiento del principio contenido en el artículo 41 de nuestra Constitución Política, que reconoce el derecho a una justicia pronta y cumplida.
Este es, precisamente, el precepto que debe fortalecerse para detener toda situación que atente contra los derechos fundamentales y aplicar las medidas correctivas necesarias para repudiar todo comportamiento que camine en esta preocupante dirección.
Consciente de la naturaleza y estructura de las organizaciones internacionales que se caracterizan por su descentralización operativa, parecería ilusorio el plantear una justicia veloz en contraste con lo expuesto por el autor José Antonio Pastor Ridruejo (curso de Derecho internacional público y organizaciones internacionales), quien menciona que “los derechos internos y el derecho internacional descansan sobre supuestos institucionales diferentes, siendo mucho más completos y evolucionados los de los derechos internos. Y es preciso afirmar también que los supuestos institucionales de la sociedad internacional son los que son y los que los Estados quieren que sean y no los que un jurista utópico desearía”.
Bueno, prefiero sumarme a las filas de los juristas utópicos que luchan por una realidad institucional más acorde con las necesidades de la sociedad internacional y no dejar que continúen las violaciones reiteradas a los derechos fundamentales que se practican en diferentes partes del orbe, tristemente de forma diaria.
Sería meritorio se tome una acción oportuna y no dejar que el reloj continúe marcando nuevas violaciones a los derechos humanos, al son de su tictac, tictac. Hagamos algo, el tiempo nos pertenece.
José Alejandro Garro P. es publicista y estudiante de derecho.