El editorialista de La Nación (16/2/2016) deja ver que empieza a perder fuerza o quizá sintió pena al reproducir las ideas de otros (solo que en tono de editorial independiente). A la luz de eso buscó una nueva estrategia, la cual esperábamos fuera más creativa; sin embargo, resultó similar porque corrió a refugiarse en los pronunciamientos del Conassif, utilizándolos para afectar al Banco Popular, y demostrando nuevamente su incapacidad de sostener un debate por sí mismo.
Previamente, creyéndose original, nos recordó a los diputados que “los dos importantes organismos del movimiento cooperativo resolvieron solicitar a las señoras (diputadas) y (a los) señores diputados (…) oponerse de forma contundente al proyecto”.
Lo que por error u omisión (o quizá eso no se lo soplaron) olvida indicar el editorial es que fuimos los mismos diputados quienes acordamos consultar a esos organismos del sector cooperativo que hoy, dan la impresión, están distantes algunos de sus líderes de sus propias bases, quién sabe por qué motivos.
Pero mejor aún, la consulta que hicimos los diputados durante el trámite del proyecto de ley 19.227 fue mucho más amplia, por lo cual, si el editorialista hubiera cumplido la básica tarea de informarse, se habría dado cuenta de que, además de las organizaciones del cooperativismo tradicional y de autogestión, también se le consultó al Magisterio Nacional, pensionados, colegios profesionales, confederaciones de sindicatos federados y no federados, a asociaciones solidaristas, al Consejo Nacional de Asociaciones de Desarrollo y a las asociaciones de artesanos.
Adicionalmente, la propia Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular (ATTBP) nos hizo llegar los resultados de una amplia consulta que hizo a las organizaciones que la componen, que valga decir, acogieron con verdadera simpatía la reforma legislativa, a pesar de que el acucioso editorialista haya guardado silencio absoluto sobre esa otra parte de la historia.
Sin embargo, como sabemos que el editorialista no es ingenuo, como ya dijimos, rápidamente se dio cuenta de que los educados lectores advirtieron la transformación de un campo pagado en editorial evidenciando que carecía de argumentos propios, por lo que el viraje “estratégico” lo llevó a descalificar nuevamente el proyecto de ley, pero esta vez recurriendo a lo que considera un peso pesado, el Conassif.
Dado que no hay ni una sola reforma que modifique la relación entre el Conassif y el Banco Popular, o entre este y el sistema regulatorio del sistema financiero, los diputados no estábamos (ni estamos) obligados a consultar a ese órgano en dicha materia.
En cualquier caso, tampoco le corresponde al Conassif, por su naturaleza institucional, indicar que se entera “a través de la prensa”, cuando dedica, pública y notoriamente, recursos al seguimiento del acontecer legislativo, por lo cual alegar ignorancia en el trámite de la Asamblea Legislativa es, de alguna manera, aceptar su incapacidad de seguimiento y monitoreo.
Pese a que como comentamos, el tema en cuestión no es materia del Conassif, respetuosos de todos los criterios, hemos leído con atención la nota de tres páginas que este órgano circuló en la Asamblea Legislativa en torno a este proyecto.
Ciertamente, a pesar del discurso casi panfletario que el editorial le confiere a ese organismo en contra de la iniciativa de ley, el Conassif solo se pronuncia en una única cuestión puntual: la eliminación del requisito de bachillerato universitario para cuatro de los siete miembros de la Junta Directiva del Banco Popular.
En esas condiciones, alejados de los incendiarios escenarios pregonados con mala intención por el editorialista, es necesario señalar que el Conassif menciona, según nuestro criterio, innecesariamente regulaciones de la OCDE y dos reglamentos sobre “Gobierno Corporativo” e “Idoneidad y experiencia”.
Lo calificamos de innecesario, puesto que el Conassif no aborda la cuestión de la calidad de los miembros de las juntas directivas de las entidades del sector financiero público, puesto que sabe que no le corresponde establecer sus requisitos, los cuales son fijados por la ley.
Por lo cual llama la atención que el Conassif es omiso en recordar, por ejemplo, que por ley lo único que se necesita para ser miembro de la Junta Directiva del Banco Central, en condición de ministro de Hacienda, es ser ciudadano en ejercicio, costarricense por nacimiento, seglar y mayor de 25 años.
La ley no exige ningún doctorado académico que, de seguirse la lógica de quienes se oponen a la reforma puntual del requisito académico de algunos de los miembros de la Junta Directiva del Banco Popular, debería tener un directivo del órgano emisor. Y en ese caso, el Conassif no ha argumentado que tal condición llevaría al país a la catástrofe monetaria.
El Conassif tampoco menciona, y por ende tampoco el editorialista que se nutre de sus insumos, que un ministro de Hacienda se puede sentar en la selecta sala de sesiones del Banco Central con solo el requisito exigido para ser ministro, sino también lo puede hacer en el propio Conassif, ya que solo requieren “amplia capacidad y experiencia en materia económica, financiera, bancaria y de administración”.
Tampoco vemos que el Conassif llame la atención en cuanto a que en las juntas directivas de los bancos comerciales del Estado se exige solo que cuatro de sus miembros posean licenciatura y en los demás basta con “tener reconocida experiencia bancaria o amplios conocimientos en cuestiones económicas o experiencia en problemas relativos a la producción nacional”.
Diputados: Carmen Quesada Santamaría, Emilia Molina Cruz, Aracelli Segura Retana, Patricia Mora Castellanos, Jorge Rodríguez Araya, Humberto Vargas Corrales, Francisco Camacho Leiva y Javier Francisco Cambronero Arguedas