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Cosa juzgada constitucional

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A finales del año pasado, los colegas Rubén Hernández y Édgar Fernández publicaron sendos comentarios en esta misma sección, relacionados con el valor y los alcances de la cosa juzgada en los fallos de la Sala Constitucional (10/10/14 y 21/11/14, respectivamente). Al margen de la discusión de un caso en concreto, quisiera aportar algunas ideas adicionales, particularmente desde la óptica de cómo esta cuestión interesa al trabajo que realizamos los jueces de lo contencioso-administrativo.








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