El pasado 7 de agosto este diario publicó un reportaje firmado por los periodistas Esteban Mata y Esteban Oviedo, titulado “Magistrado llama a repensar las penas por narcomenudeo”.
El trabajo es amplio y preciso, y la perspectiva del magistrado José Manuel Arroyo ilustra cómo la atención de una de las dimensiones de la delincuencia asociada a la droga generó parte de la presión que soporta la administración penitenciaria y una serie de consecuencias sociales que produce un círculo vicioso que nutre la criminalidad.
Su criterio es fundamental, además, porque la misma operación del sistema penitenciario es una corresponsabilidad del Poder Judicial, como demuestra la reciente decisión de un juez de ordenar el cierre de la Unidad de Admisión de San Sebastián.
Nuevos delitos. Costa Rica tiene alrededor de 350 presos por cada 100.000 habitantes. Es decir, encarcela a un ritmo que la opinión pública desconoce. Paradójicamente y a diferencia de lo que se cree, la prisión debe ser el último recurso sancionatorio.
En poco más de 20 años, la “legislación reactiva” produjo la creación de nuevos delitos, el endurecimiento de las penas y la reducción de los beneficios penitenciarios, sin contribuir a mejorar la seguridad del país.
Optamos por ignorar que la posibilidad de caer en prisión no disuade al delincuente. Por otro lado, para que la cárcel contribuya a eso que de manera simplona llamamos “rehabilitación” se necesitan unas condiciones que un medio hacinado no puede aportar.
Pedir a los funcionarios administrativos, técnicos y policiales del sistema penitenciario mejores resultados, es consecuencia de ignorar sus condiciones de trabajo.
Medidas necesarias. La crisis humanitaria que se vive en las prisiones del país solo puede remitir por una combinación de medidas que incluya la reforma penal, la revisión de la política criminal y un nuevo plan de infraestructura que no descarte la concesión y que se oriente tanto a su ampliación como a su renovación.
Y mientras todo esto da resultados, debe ejecutarse un conjunto de medidas paliativas destinadas a aliviar los efectos inmediatos del hacinamiento.
Entendamos que la seguridad pública o, mejor dicho, la seguridad ciudadana, no es un subproducto del encarcelamiento.
La construcción y la conservación de un medio seguro que beneficie a las personas, al trabajo, la inversión, la propiedad y la convivencia demanda unos cuerpos de policía suficientes, bien entrenados y equipados, presentes de manera real en todo el territorio nacional, respaldados por la población y por el trabajo de jueces y fiscales, pero también de las políticas en materia de pobreza y desigualdad, salud, urbanismo, educación, cultura, deportes y comunidad.
Dotar de recursos. En todo caso y volviendo al género de medidas que propone el magistrado Arroyo, es necesario considerar una dimensión adicional del problema. Para que ninguna medida legislativa, judicial o administrativa destinada a reducir el ingreso en prisión o a sacar de la cárcel a determinadas personas se entienda como una claudicación frente al crimen, el Poder Ejecutivo debe dotar de recursos humanos y materiales suficientes a los programas de la Dirección General de Adaptación Social que administran regímenes alternativos a la cárcel.
Pronto entraremos en la discusión parlamentaria del proyecto de presupuesto para el 2017. Es la oportunidad de superar el discurso y dar un paso concreto en un sentido que complementa y da sustento al planteamiento del magistrado.
Como ilustra esta polémica, todos los temas de la política pública nos llevan inevitablemente al debate fiscal, en el que nos hemos “eternizado” imprudentemente.
El autor es exministro de Justicia.