En mi calidad de Gerente de Pensiones, debo aclarar a la opinión pública que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) no perdió con la rebaja de la tasa interés como se afirma en La Nación del día 2 de diciembre del año en curso.
Debo aclarar que la reducción de las tasa de interés en las operaciones de crédito hipotecario se han dado históricamente por parte de la Junta Directiva de la CCSS para ajustarlas al mercado.
En febrero del 2007, se disminuyó la tasa de un 22% a un 18%; posteriormente, en agosto del 2007, se acordó otra reducción hasta el 14%, y finalmente en febrero del 2009, la reducción fue hasta 2 puntos porcentuales.
Quiero señalar que la CCSS está obligada a ajustar las tasas de interés de acuerdo con las condiciones de mercado, en virtud de que es un participante muy pequeño en el rubro de los préstamos hipotecarios y como tal, no puede imponer decisiones. Su Ley Constitutiva la faculta a efectuar préstamos hipotecarios con tasas de mercado.
La CCSS reaccionó, a tiempo, a los cambios que se produjeron en aquella coyuntura de crisis económica mundial y, por lo tanto, tuvo que modificar las tasas de interés que aplicaba a las créditos hipotecarios; de lo contrario, se hubiera corrido el riesgo de un inminente traslado masivo de prestatarios a otras entidades financieras y en un incremento sustantivo de la morosidad, cosa que no ocurrió. Esto sí habría ocasionado pérdidas millonarias al IVM, además de violentar su propia Ley Constitutiva.
Otros de los efectos adversos para quienes no pudieran trasladarse a otras entidades financieras en mejores condiciones (que hubiera ocurrido de no haberse tomado esta decisión), es que tales prestatarios, fundamentalmente de ingresos medios y bajos, que conforman cerca de 7.600 familias costarricenses pudieron haber perdido sus viviendas, lo que habría producido una crisis social de grandes dimensiones como sí ocurrió en los Estados Unidos.
Ganó más. Es necesario aclarar, además, que aún efectuando la rebaja de dos puntos porcentuales de las tasas de interés, el rendimiento de esa cartera de préstamos fue mayor que el rendimiento que se hubiera recibido si esos recursos se hubieran invertido en títulos valores, ya que esos préstamos dieron un rendimiento del 12,8%, mientras que los títulos valores dieron un rendimiento de 10,7%, en el año 2009.
También aclaro, como se hizo oportunamente ante la Auditoría, mediante oficio ACC-1380 del Área de Crédito y Cobros de noviembre de 2009, que para efectuar tales ajustes la Gerencia de Pensiones contó con los estudios técnicos que respaldaron, en su momento, esta decisión institucional, pues la verdad hemos sido estrictos y transparentes con la finalidad de garantizar la solidez del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte.
En aras del equilibrio informativo y la objetividad a la que están llamados los comunicadores, las notas de prensa deberían ser como lo dice el mandato constitucional “veraces” y así, con todos los elementos a la mano y expuestos en forma transparente, sean los lectores quienes extraigan la verdad de lo que acontece en el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte que administra la CCSS.