Con razón decía Duverger que “la democracia no está amenazada por el régimen de partidos sino por el financiamiento de estos”, porque la ausencia o deficiencia de la regulación en este terreno propicia condiciones de alto riesgo para la democracia, tales como: excesiva influencia de los grandes donantes privados en la acción gubernamental, condiciones de inequidad en la competencia electoral y vulnerabilidad ante los intentos de penetración del crimen organizado.
Nuevo paradigma fiscalizador. Por ello, fue un acierto que la Asamblea Legislativa, al aprobar en el 2009 el Código Electoral vigente, estableciera reglas para transparentar eficientemente las finanzas partidarias y para evitar la impunidad en este ámbito.
El modelo de control resultante se caracteriza, entre otros aspectos, por una fiscalización integral de ingresos y gastos asignada a una dependencia técnica especializada del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Un espacio particularmente relevante de esa fiscalización se abre al momento de revisar las liquidaciones que presentan los partidos para acceder a la contribución estatal a la que tienen derecho.
Aunque esas revisiones se desarrollan en estricta observancia de estándares técnicos, contables y jurídicos, dentro de un marco más refinado de control respecto del ejercicio de comprobación de los gastos partidarios, no por ello se han visto afectados los tiempos de respuesta.
Por el contrario, la nueva normativa ha posibilitado reducciones sustanciales en los plazos que dicha comprobación requería antes de que el TSE asumiera, en forma directa, ese cometido constitucional.
Es así como, a raíz de los procesos electorales del 2010 y 2014, las verificaciones practicadas conllevaron el análisis de cerca de 100.000 documentos de respaldo –por un monto superior a los ¢15.000 millones– y necesitaron, en promedio, 9 meses para su conclusión.
Esa media representa una mejora significativa en contraste con los 21 meses que consumía dicha tarea bajo las reglas del código anterior.
Si bien los esfuerzos del TSE buscan mayor eficiencia en esta materia, lo cierto es que la revisión de gastos a cargo del órgano electoral se ve condicionada, en buena medida, por el nivel de idoneidad con que los partidos políticos confeccionan sus liquidaciones de gastos: a mayor orden en la documentación presentada, menor será el tiempo que demore la revisión.
Consciente de ello, la autoridad electoral, a través de su Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), impulsa una amplia agenda de capacitación en aras de profesionalizar el recurso humano encargado, en lo interno de esas agrupaciones políticas, de la gestión financiera en general y de la preparación de esas liquidaciones, en específico.
A esto se suma el acompañamiento que, como orientación técnica a los distintos partidos, ha puesto en marcha el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos (DFPP) con ocasión de la elección nacional del 2014.
Por último, no puede olvidarse que el régimen actual prevé medidas de compensación, en beneficio de las agrupaciones políticas, por la espera resultante del trámite de preparación y revisión de las liquidaciones de gastos.
Así, el Código Electoral consagra el derecho que asiste a los partidos a efecto de que les sean reconocidos los intereses generados a partir de la declaratoria de elección y hasta el efectivo desembolso de la contribución estatal.
Reformas a debate. Dado el reciente anuncio que se hizo en la Asamblea Legislativa de una propuesta de modificación de las reglas actuales del financiamiento público, es indispensable hacer hincapié en algunos puntos que, por importantes, no deben quedar de lado en la discusión de toda iniciativa legislativa.
Solo atendiendo a ello puede enfrentarse la justa preocupación suscitada entre la ciudadanía ante la difusión que hizo la prensa de ese anuncio.
Como institución al servicio de la democracia costarricense, el TSE considera del más alto valor abrir un diálogo serio y constructivo, al que desea sumarse, en procura de mejorar esa regulación para que la tramitación de las liquidaciones partidarias sea aún más eficiente.
Sin embargo, una reforma legislativa de este tipo debe, por una parte, ajustarse al modelo constitucional vigente, que define la contribución pública a los partidos como un rembolso postelectoral previa comprobación (real) de los gastos (efectivos) ante el TSE; modelo que no puede resultar contradicho –abierta o inadvertidamente– por la ley, con independencia de la finalidad perseguida por el legislador ordinario.
Cabe apuntar, por otra parte, que la transformación iniciada en el 2009, con la implementación de un nuevo paradigma de control, ha significado un parteaguas en la historia electoral costarricense. En ese tanto, los avances logrados en la fiscalización del financiamiento público representan un paso decisivo del que hoy no conviene prescindir.
Por ello, la revisión legislativa de las normas del financiamiento partidario no debe deteriorar, en modo alguno, las atribuciones de fiscalización del TSE ni el rigor del control que efectúa. De lo contrario, se pondrían en jaque los niveles de transparencia financiera difícilmente conquistados, en una línea involucionista que abriría peligrosos portillos de impunidad y agravaría la crisis de confianza popular en la política.
Perspectiva ciudadana. Desde el órgano electoral no podemos ignorar que la ciudadanía, hoy más que nunca, ha posado sus ojos sobre nuestra labor de control. Ese renovado interés se justifica, además, en el origen de los dineros que, aportados desde los bolsillos de los costarricenses, sirven para financiar la actividad de los partidos políticos.
Las condiciones actuales nos llevan a impulsar un modelo que promueva partidos políticos transparentes en lo financiero, institucionalizados en su actuar y sin espacios de impunidad.
Junto a los esfuerzos por una mayor democratización de las estructuras partidarias, esa es la única vía para concretar la aspiración de que los partidos recobren el nivel de un aprecio ciudadano que nunca debió ser debilitado.
Solo transitando por esa ruta los costarricenses podremos reconocer a las agrupaciones políticas como nuestro mecanismo privilegiado para participar en la política nacional, como asociaciones ciudadanas que sirven de vehículo para construir representación y como indispensables articuladoras de los diversos intereses sociales en democracia.
Luis Antonio Sobrado es el presidente del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).