El Proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas que el gobierno presentó a la Asamblea Legislativa va, en general, en buen sentido. Su propósito es evitar la aprobación de nuevos gastos de consumo, con cargo al presupuesto nacional, sin que se indique cómo se financiarán, pues esa práctica solo sirvió, en el pasado, para aumentar el déficit fiscal. De aprobarse la normativa, cada nuevo gasto deberá estar acompañado de los nuevos tributos para financiarlo o de la indicación de cuáles otros renglones del presupuesto se reducirán para dar cabida a la erogación. Esto último es importante porque obliga al gobierno de turno a establecer prioridades en el gasto de consumo y en ningún caso procede financiarlo con más deuda pública.
El proyecto también limita la expansión del gasto corriente (de consumo) del Gobierno Central según sea el grado de endeudamiento público (deuda del Gobierno Central respecto del producto interno bruto (PIB)) en el tiempo: a mayor endeudamiento al final de un año, menor ha de ser la tasa de crecimiento del gasto corriente el año siguiente. Para los efectos, se propone utilizar como referencia la expansión promedio del PIB durante los últimos cuatro años. Esta medida, de aprobarse en la forma propuesta, coadyuvaría a que el gasto de consumo del Gobierno Central –salarios, viajes, mantenimiento, transferencias, intereses sobre la deuda– no ejerza presión sobre la deuda.
Lo anterior deja por fuera las erogaciones para inversión pública, o capitalización, que sí pueden ser financiadas con endeudamiento. Si las obras a ejecutar son de importancia nacional, y no “elefantes blancos”, esto es aceptable, pues contribuirán al crecimiento del PIB o a la satisfacción de necesidades sociales durante los años futuros y, por tanto, no es improcedente que las generaciones beneficiadas por esas obras soporten con sus impuestos el servicio de la deuda adquirida para financiarlas. Lo que no debe ser, aunque en la actualidad ocurre, es trasladar a las generaciones futuras de contribuyentes el pago de parte del gasto de consumo presente.
En materia de gasto público, nuestra Carta Magna y la ley ya establecen la prohibición de financiar con deuda el gasto corriente, pero ese mandato no se ha cumplido, en mucho porque no existen sanciones para el incumplimiento. Por eso es necesario que el Proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas tenga “diente” para castigar con severidad su violación.
La Nación informó sobre los alcances del proyecto objeto de este comentario el pasado 15 de agosto (“Proyecto libraría al Gobierno de pagar gasto desfinanciado”). También en esa oportunidad presentamos una entrevista con la directora de Presupuesto Nacional, Marjorie Morera, donde habló de otros aspectos del presupuesto, por ejemplo, la gran proporción que de él está constituido por gasto fijo. De esa entrevista queremos destacar la respuesta a nuestra última pregunta, sobre el tema de la presupuestación por resultados, en oposición a la “incrementalista”. La respuesta es que en el país aún no existe la práctica de presupuestar por resultados, aunque la dependencia de Morera está trabajando para lograrlo.
Esa respuesta, si bien es sincera, no deja de causar una enorme preocupación, pues desde hace muchas décadas los especialistas en administración pública reconocen que el ejercicio de presupuestación pública no debe consistir en aumentar (normalmente según el cambio en el índice de precios) las partidas de un año a otro, sin hacer hincapié en lo que la sociedad logra con el aumento de gastos. Conforme a este método, una dependencia pública puede operar a medio vapor y tiene la seguridad de que no se le pedirán cuentas ni se le rebajará el presupuesto real. Es necesario adoptar, cuanto antes, un esquema de presupuesto por objetivos, y asignar los escasos recursos públicos de modo que por cada erogación la sociedad obtenga el máximo nivel de servicio. Aparentemente, no hay mayor interés en las dependencias públicas de cambiar el statu quo, aunque eso sea lo que más conviene a los ciudadanos.