Varias interrogantes surgen por la implementación de dos nuevas metodologías para calcular las tasas de interés: la básica pasiva calculada por el Banco Central y las tasas de referencia interbancaria (TRI) de la Cámara de Bancos. ¿Son complementarias o excluyentes? ¿Cuáles serían los efectos sobre las tasas activas de interés? ¿Debió el Central aprovechar la coyuntura económica actual para reducir su tasa básica pasiva? ¿Cuál es el objetivo de la Cámara de Bancos al adoptar una metodología que duplica o, quizás, contradice la nueva metodología del Banco Central?
Tradicionalmente, la tasa básica pasiva se calculaba a partir del promedio ponderado de las tasas de captación a plazos comprendidos entre 5 y 7 meses (de 150 a 210 días de maduración). El principal objetivo era establecer un parámetro oficial que sirviera de base para fijar las tasas activas de carácter variable (préstamos), teniendo en consideración que la inflación también es variable y, por ende, es necesario tener un parámetro objetivo para evitar excesos a favor o en contra de deudores y acreedores.
El ordenamiento jurídico costarricense permite mucha libertad a la hora de fijar las tasas de interés, pero no las deja enteramente por la libre. Hay un reducto de protección del deudor. Por esa razón, la jurisprudencia estableció que los deudores no deben quedar a merced de las entidades acreedoras en sus contrataciones habituales, y que, a su vez, los bancos y financieras tienen derecho de protegerse de inflaciones elevadas y variables, capaces de erosionar el valor real de sus acreencias. La tasa básica pasiva cumplió ese doble papel por un período razonable al permitir fijar contractualmente las tasas activas con un margen por encima de la básica pasiva y hacerla variar conforme cambiaba la inflación.
Dos supuestos estaban implícitos en el cálculo de la básica pasiva: que las tasas pasivas se relacionaban con la tasa de inflación (incluidas las expectativas) y que reflejaban razonablemente el costo (promedio) de captación de las entidades financieras. Con el tiempo, sin embargo, se hizo evidente que el costo promedio de captación de las entidades financieras difería de la tasa básica pasiva pues contempla todos los plazos de captación, incluidos los más cortos, y no solo los que reflejaba la tasa básica pasiva, concentrada en el período de entre 150 y 210 días.
En opinión del Banco Central, al tener las entidades financieras un costo promedio más bajo, fijar las tasas activas con base en la tasa básica pasiva más elevada amplía el margen de intermediación en perjuicio de los deudores. Por esa razón, decidió aplicar una nueva metodología que reflejara con más precisión el costo real de captación, y tratar de lograr por esa vía mayor eficiencia en el sistema financiero. Aunque el Banco Central no lo ha dicho abiertamente, esperaba una reducción de las tasas activas al caer la básica pasiva. La nueva metodología parecía razonable y así lo expresamos en un editorial anterior. No todos, sin embargo, lo vieron de igual forma.
Lo curioso es que durante el prolongado período en que la anterior metodología estuvo vigente las entidades financieras no externaron ninguna objeción ni, tampoco, las asociaciones gremiales que las cobijan. Por eso sorprende que la Cámara de Bancos, cuando el Banco Central envió en consulta la nueva metodología oficial, decidiera poner en funcionamiento una propia y distinta, presumiblemente para ser utilizada en las operaciones activas.
Las entidades financieras no concuerdan con la nueva metodología del Banco Central por cuanto expone el verdadero costo promedio y los altos márgenes de intermediación financiera. Además, podría provocar una disminución en las tasas activas, ligadas contractual y jurídicamente a la básica pasiva y, por tanto, de sus utilidades. Si decidieran usar alguna de las tasas de referencia interbancaria desligadas de sus verdaderos costos promedio de captación, a 6 o 12 meses por ejemplo, podrían evitar reducir las tasas activas de interés. Y eso no beneficiaría a los deudores ni al país en general.
La tasa básica pasiva calculada por el Banco Central es un parámetro serio y objetivo que da seguridad a acreedores y deudores por emanar de una institución pública ajena al negocio bancario comercial. En cambio, las tasas de referencia interbancaria (TRI) serían calculadas por una entidad al servicio de los acreedores y no de los deudores. Habría potencialmente un conflicto de intereses. Por esa razón, suponemos que las entidades de supervisión bancaria y el propio Poder Judicial examinarán con atención los parámetros de las dos metodologías alternativas y contribuirán a aclarar las interrogantes formuladas.