Apenas hubo noticia de la investigación iniciada por la Fiscalía para establecer responsabilidades por el desacato de la Caja Costarricense de Seguro Social a las órdenes de la Sala IV en materia de acceso ciudadano a la información pública, la institución notificó a este diario su decisión de entregar los datos en las condiciones exigidas por los magistrados. Poco después, la información llegó a nuestras oficinas. El delito de desobediencia se castiga hasta con tres años de cárcel.
La Fiscalía le ha hecho un gran servicio al país y a la transparencia en la función pública. El aporte sería todavía mayor si el cambio de actitud de la Caja no condena la investigación al olvido. Abundan las razones para persistir. El vicio de tratar la información pública como si fuera patrimonio del funcionario es demasiado extendido y persistente. Su erradicación solo será posible mediante el establecimiento de claros precedentes.
El Ministerio Público tiene a su cargo asuntos de gran trascendencia, como la lucha contra el crimen organizado. Carece de recursos para atender todas las violaciones de la ley y, con frecuencia, se ve obligado a escoger sus batallas, dejando algunas sin librar. Pero sería un error considerar el caso de la Caja como un asunto de poca importancia. Carece del drama y la espectacularidad del crimen organizado, pero sus consecuencias son capitales para el sistema democrático.
Está en juego el respeto a la ley por parte de quienes se comprometen a aplicarla cuando aceptan un cargo en la función pública. También está en juego el acatamiento de las órdenes de la Sala Constitucional, uno de nuestros más altos tribunales. Eso equivale a poner en juego la vigencia de la Constitución misma. La pesada responsabilidad del Ministerio Público, en este caso, consiste en defender los derechos y garantías consagrados en la Carta Magna. Así entendido, el asunto importa, cuando menos, tanto como el crimen organizado.
Desde agosto, la Caja ha conculcado el derecho a conocer la información salarial de las instituciones públicas, pese a la clara jurisprudencia de la Sala Constitucional. Recurrió al peregrino argumento de que los magistrados, habiendo dictado sentencias donde se exige la entrega de los datos a la ciudadanía, posteriormente acogieron para estudio recursos planteados contra las consecuencias de esa línea jurisprudencial. Eso, alegan los funcionarios, les creó “inseguridad jurídica”.
La Caja pretende hacernos creer que, en opinión de su ejército de abogados, la mera aceptación de un recurso suspende la vigencia de la jurisprudencia y las normas contrarias a la pretensión del recurrente. La propia Caja ha demostrado comprender el absurdo de ese argumento en otros casos. Cuando le conviene, se apega a la legalidad vigente, o a la interpretación que de ella hace, mientras litiga en procura de un fallo favorable a sus intereses.
En otras oportunidades, la institución alegó la existencia de una directriz donde su Junta Directiva se reserva el derecho de calificar la pertinencia de las solicitudes de información según estime legítimos los fines del solicitante. Según el acuerdo, la autorización de la directiva a entregar los datos “solo se dará cuando sea evidente que la información solicitada será empleada en propósitos de indudable interés público, según la calificación que en cada caso hará la propia Junta Directiva”.
En este caso, los responsables pretenden hacernos creer que, en su criterio, la Junta Directiva de la Caja sustituye a la Sala IV, o se eleva por encima de ella, para calificar la pertinencia de obedecer la orden de proporcionar acceso irrestricto a los datos de las planillas públicas. Un nuevo absurdo.
En diciembre, la Sala IV declaró sin lugar los recursos cuya admisión para estudio causó la inverosímil “inseguridad jurídica” a la Caja. Aun así, los funcionarios decidieron interponer un nuevo obstáculo a la entrega de información. La directriz de la Junta dispone el cobro de los servicios necesarios para proporcionarla. Pero hace mucho la Sala Constitucional dispuso que el cobro solo procede cuando el solicitante pide una construcción específica de los datos, no cuando la información es solicitada “en el formato y según la categorización en que se encuentren en sus bases de datos”.
Esa, exactamente, fue la reiterada petición de este diario. En una sola oportunidad se hizo referencia a una sencillísima construcción específica, como mera posibilidad, porque siempre dejamos claro nuestro interés en la información misma, no en una construcción particular. “Si es posible en un documento de Excel, aún mejor”, dice la referencia citada.
Según los funcionarios, la mera mención de Excel en esas condiciones produjo un malentendido. En consecuencia, pretendían cobrar ¢50.773 por la información, concedían diez días hábiles para que ratificáramos nuestro interés e hiciéramos el depósito, a partir de cuya confirmación tardarían tres días hábiles para proporcionar los datos. Transcurridos los diez días sin que hubiera confirmación del depósito, nuestra gestión se daría por finalizada y sería archivada. ¡Así de fácil y transparente es el acceso a la información pública!
Siempre fue clara nuestra intención de obtener los datos, no una construcción específica, que solo se mencionó como una posibilidad “aún mejor”. Nunca, antes de la apertura de la investigación del Ministerio Público, la Caja manifestó anuencia a proporcionar la información, aunque fuera con la advertencia de que la posibilidad “aún mejor” acarrearía un costo.
Corresponde a los tribunales determinar si la pretensión de cobro, los plazos y demás argumentos guardan relación con un “malentendido” y con el esfuerzo requerido de la institución o son un obstáculo final al cumplimiento de las órdenes de la Sala IV de proporcionar acceso gratuito e irrestricto a los datos. Es decir, si esos hechos y argumentos de los funcionarios encajan en el patrón iniciado en agosto, con otros argumentos cuya inverosimilitud parece clara. A esos efectos, hemos puesto a disposición del Ministerio Público la correspondencia cruzada entre La Nación y los encargados.
En cualquier caso, la actitud de la Caja cuando todavía no se hablaba de cobros causó un daño irreparable. En aquel momento, a la luz de los datos que se venían divulgando sobre los sistemas de compensación en algunas instituciones, el país estaba enfrascado en una rica discusión pertinente a temas fundamentales de política pública, entre ellos la salud fiscal, la equidad y la justicia social. Diversos sectores se manifestaban, de múltiples formas, en defensa de sus posiciones. Cuando la Caja y el resto de la burocracia decidieron secar las fuentes de información a contrapelo de la jurisprudencia vigente, impusieron el silencio y descarrilaron, en los largos meses siguientes, el debate público.
Por último, cabe explicar por qué La Nación se rehusó a pagar los ¢50.773 exigidos. Todos los días invertimos sumas mucho mayores en giras, toma de fotografías, pago de servicios y un sinfín de rubros necesarios para cumplir nuestra misión informativa. Los ¢50.773 habrían sido un gasto menor, pero nunca pretendimos defender un derecho de este periódico, o de los periodistas, sino de la ciudadanía. La Constitución establece el libre acceso a la información pública como garantía para todos los costarricenses, y nosotros no teníamos derecho a hacer caso omiso de las disposiciones de la Sala Constitucional y contribuir con el establecimiento de un precedente que limitara a los demás ciudadanos el ejercicio de una conquista democrática tan fundamental. Por esa misma razón, el Ministerio Público debe llegar al fondo del asunto.