La lucha contra el narcotráfico está urgida de fondos, pero hay $16 millones en bienes decomisados de cuya custodia se encarga el Poder Judicial, sin posibilidad alguna de aprovecharlos. La ley destina los recursos decomisados al narcotráfico al financiamiento del Instituto Costarricense sobre Control de Drogas (ICD), pero la entrega no se puede hacer sin una sentencia firme o el transcurso de un año sin que los bienes hayan sido reclamados.
Costa Rica es un país respetuoso de la propiedad privada y a nadie se priva de ella con arbitrariedad. Ese es el valor subyacente en el actual texto legal. Sin embargo, los decomisos se hacen con razones fundadas, casi siempre atendidas, en su momento, por los tribunales encargados de dictar las resoluciones definitivas. El transcurso del tiempo, por lo demás, devalúa y deteriora, restándole utilidad a los bienes decomisados cuando, por fin, llegan a manos de autoridades capaces de aprovecharlos para combatir el trasiego ilícito de drogas.
Un proyecto de ley, de reciente introducción en la corriente legislativa, abre la discusión sobre la posibilidad de conciliar las garantías constitucionales otorgadas a la propiedad privada con la necesidad práctica de aprovechar los bienes decomisados a los narcotraficantes. En última instancia, el propietario siempre se verá asistido por el derecho a la indemnización cuando los tribunales acrediten la ausencia de responsabilidad en un caso determinado, pero si se quiere proceder con mayor cautela, el Congreso podría recurrir al concepto de flagrancia.
La mayoría de decomisos de bienes valiosos se hace con la droga de cuerpo presente y en circunstancias donde son claros los vínculos entre el tráfico ilícito y los artículos decomisados. El grado de certeza de ese vínculo es, por lo general, difícil de vencer en los tribunales. Parece razonable, pues, que, bajo supervisión judicial y constatadas esas circunstancias, el ICD quede relevado de la prolongada espera necesaria para obtener una sentencia definitiva.
La racionalidad de una medida semejante se constata con un vistazo a los depósitos del Poder Judicial y el deterioro inevitable de muchos bienes almacenados en ellos. Al final del proceso, no hay utilidad ni para el Estado ni el para el propietario. Hay también ejemplos muy visibles, o mejor decir vistosos, como la casa una vez ocupada por el narcotraficante mexicano Rafael Caro Quintero, deshecha a pedacitos a lo largo de los años. Partes de su valiosa estructura terminaron sirviendo, simple y llanamente, de leña.
El ejemplo es viejo, pero una foto tomada el lunes, en el depósito de vehículos decomisados ubicado en San Joaquín de Flores, cuenta la misma historia con bienes diferentes. Tráileres y otros vehículos permanecen estacionados a la intemperie durante meses, si no años, mientras los tribunales resuelven su destino y el de sus propietarios, entre ellos muchos que se han dado a la fuga y no están presentes para responder ante la justicia, mucho menos para reclamar los bienes abandonados durante la fuga.
En su sano afán de expeditar la entrega de los bienes, sin embargo, el proyecto contiene aspectos necesitados de revisión. Según la iniciativa, “en la gestión, administración, uso y cualquier forma de enajenación de los bienes decomisados y comisados de conformidad con esta ley, el ICD no estará sujeto a la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos' ni a la Ley General de la Contratación Administrativa'”.
Prescindir de esos controles es un mal precedente para el Estado y un peligro para la Policía Antidrogas, cuya eficacia depende, también, de la confianza ganada mediante una gestión transparente.
El proyecto de ley promovido por el diputado Luis Fishman es meritorio en sus propósitos de introducir racionalidad en esta materia, pero el Congreso debe revisar con cuidado los medios propuestos para ese fin.