Incongruencia legislativa
Revocatoria del cargo de magistrado
Analizando la revocatoria del cargo del magistrado de la Corte Suprema de Justicia Óscar González Camacho, queda un sabor amargo no en razón de los cargos que se le imputan, pues aún no se sabe si los cometió o no, sino por el procedimiento empleado en tal revocatoria.
En primer lugar, me parece que la Asamblea Legislativa no tiene facultades para revocar un nombramiento de magistrado. De acuerdo con nuestra Carta Magna, puede nombrarlos, reelegirlos y suspenderlos, pero no revocarlos del puesto. Por otro lado, creo que ha existido una inusitada celeridad de la Asamblea, pues incluso tomó el acuerdo de la revocatoria, que para cualquiera es un despido disfrazado, existiendo prueba documental de que el señor González Camacho se encontraba internado en el hospital en ese momento y, por lo tanto, estaba incapacitado, de modo que legalmente no podía ser despedido.
Por último, los señores diputados de la comisión que se nombró para estudiar el caso ya condenaron al imputado, pues manifestaron que a ellos les había quedado totalmente claro que el señor González había incurrido en los hechos que se le imputaban, y creo que los tribunales penales, hasta el momento, ni siquiera lo han indagado, por lo que el pronunciamiento es totalmente prematuro.
Independientemente de si al licenciado González Camacho se le comprueba la comisión de los delitos, es un hecho que se actuó prematuramente y a la ligera.
Óscar Rosabal Lizano
Heredia
Sobre garantías
Le informamos al señor Luis Fernando Bruno Guzmán ( Cartas , 29/7/2014) de que la Dirección de Apoyo al Consumidor está facultada para actuar únicamente bajo los principios de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor. Si bien esta establece en su artículo 43 una garantía implícita de cumplimiento de estándares de calidad, que deben respetar todo bien que se venda o servicio que se preste, también decreta un plazo dentro del cual se puede hacer efectiva la garantía, con un mínimo de 30 días hábiles (si el vendedor otorga un plazo mayor, este prevalece). Si se trata de daños ocultos del bien que no se hayan advertido expresamente, el plazo comienza a correr a partir del momento en que se conocieron esos daños.
Por lo tanto, la ley no nos faculta para actuar cuando el artículo presenta defectos de funcionamiento fuera de los plazos indicados. No es, entonces, “pereza” o “miedo” de actuar; a esto se le llama principio de legalidad (art. 11 de la Constitución Política), según el cual “para las autoridades e instituciones públicas solo está permitido lo que esté constitucional y legalmente autorizado en forma expresa, y todo lo que no les esté autorizado les está vedado” (Sala Constitucional, resolución N.º 440-98).
En estos casos, el consumidor debe acudir a la vía judicial para hacer valer sus derechos. Si desea ampliar esta información, puede contactarnos al 1311 o escribirnos a www.meic.go.cr en la pestaña Consumidor en Línea.
Cynthia Zapata
Directora, Dirección de Apoyo al Consumidor
Respuesta de Cementerio
A don Jorge Bernal Villalta Mora ( Cartas , 25/7/2014) le explicamos que, con el fin de recuperar el sentido original y cumplir con disposiciones del Ministerio de Salud, la Administración del Cementerio Metropolitano viene implementando medidas de ornato, mantenimiento y seguridad en ese camposanto.
Por ejemplo, se están eliminando las estructuras que algunos arrendatarios han levantado fuera del contrato y que constituyen barreras que pueden causar accidentes o daños a la propiedad. Para prevenir el desarrollo de criaderos del mosquito transmisor del dengue, se suprimen los adornos que acumulan agua.
El Cementerio Metropolitano es un camposanto moderno, con estructuras hacia abajo, placas de mármol a ras del suelo, y donde priva el paisaje y el concepto de jardín de paz. Las personas pueden colocar flores naturales sin recipientes y el personal del cementerio las retira cuando se están secando.
La Administración opera con apego a la legislación y total respeto a las distintas creencias religiosas, pero no está regida por ningún culto en particular.
En caso de mantener alguna inquietud, nuestras oficinas están abiertas.
Freddy Ramos Corea
Administración de Cementerios
Pagoefectuado
El 26 de julio se publicó una carta sobre mi liquidación laboral.
La empresa ADN Datacenters ya canceló la totalidad de ella, por lo cual les agradezco su colaboración.
Marianella Villanueva de Sarraga
San José
Transparencia
El PAC se autoproclamó el partido político transparente, ético, etc. Sin embargo, parece que se le olvidó retener el impuesto sobre la renta al Sr. Víctor Morales, actual ministro de Trabajo, y ahora nadie se hace responsable.
¿Dónde está la transparencia?
Homero Escorcia López
Pavas