Unas cuantas líneas de una carta se encargaron de darle vía libre a la empresa transnacional Millicom, allá por 1988.
La incertidumbre que inicialmente pudieron abrigar sus inversionistas sobre la viabilidad legal de la participación en el negocio de la telefonía celular fue rápidamente despejada por la administración Arias Sánchez (1986-1990).
Así de simple. De nada sirvieron los pronunciamientos y las advertencias previas de la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la República sobre la imposibilidad de que firmas privadas desarrollaran ese servicio sin la venia legislativa.
En octubre de 1988, la agregada comercial de la Embajada de Estados Unidos en Costa Rica, Ann Toby, solicitó la recomendación de la Dirección General de Industrias, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, ante una corporación internacional con el propósito de asegurar la inversión de Millicom por un monto de $9,5 millones (1.662,5 millones de colones, aproximadamente, al tipo de cambio actual).
Alvaro Soto Mora, quien dirigía tal dependencia en esa fecha, respondió que "se ha determinado que en el país no existen restricciones para que empresas como la Millicom Incorporated se instalen para desarrollar la telefonía celular".
Y fue todavía más allá. Agregó que el Gobierno no tenía objeción alguna a la inversión propuesta e instaba a continuar con los trámites de aseguramiento ante la Overseas Private Investment Corporation (OPIC).
El precedente
Pero ya desde un año atrás, el Gobierno Central había dado los primeros pasos en esa misma vía. El entonces presidente Oscar Arias y su ministro de Gobernación, Rolando Ramírez, ratificaron, mediante un acuerdo ejecutivo, la concesión de frecuencias para la explotación de telefonía celular a la empresa Comunicaciones Celulares (COMCEL) otorgada por la Oficina de Control de Radio.
Aún con tales antecedentes, algunos sostienen la tesis de que la transnacional Millicom no podía obviar que nuestra Carta Magna establece el monopolio estatal de las comunicaciones inalámbricas, por lo que al Poder Ejecutivo no le atañe ninguna responsabilidad pecuniaria tras el fallo de la Sala Constitucional que privó a la empresa de esa actividad.
Otros aseguran que los dos refrendos gubernamentales en favor de esa empresa serán ahora el as bajo la manga utilizado por sus representantes para reclamar una fuerte indemnización por daños y perjuicios.
No obstante, sus jerarcas aun no mencionan nada en esa vía, por lo que la cautela sería la mejor consejera para el Poder Ejecutivo en esta coyuntura, a la espera, eso sí, de nuevas señales que le permitan esta vez responder con agilidad ante cualquier rumbo que tome el caso.