La presidenta de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), María del Rocío Sáenz, niega que la institución impida el acceso a la ciudadanía a los montos de los salarios que devengan los funcionarios del Estado.
Alega que si bien desde 1993 la Sala IV declaró que tales datos son públicos, algunos funcionarios se pudieron inhibir de entregar las planillas, pues los magistrados constitucionales estaban analizando siete recursos de amparo al respecto, los cuales fueron rechazados a principios de diciembre pasado.
A continuación la entrevista completa con Sáenz:
-¿Por qué la CCSS se niega a dar las planillas del ICE?
La CCSS siempre ha estado dispuesta a dar información de carácter público y así lo ha hecho. Tanto es así que a finales del año pasado, nosotros fuimos recurridos por funcionarios del ICE (instituto Costarricense de Electricidad), de Recope (Refinadora Costarricense de Petróleo), de Racsa (Radiográfica Costarricense) y otros ante la Sala Constitucional por haber brindado esa información. Uno de esos recursos que se interpuso por parte de esos funcionarios ya fue declarado sin lugar, pero todavía no está redactado el voto integral ni se ha notificado. Lo que pudimos observar fue el por tanto. No hemos sido notificados.
El otro aspecto importante, es que no se cobra por el acceso a la información pública, sino que se solicita cubrir el costo en que incurre la administración para generar la información que se pide. Muchas solicitan información que implica un ajuste a la información que nosotros tenemos. La administración la genera, la recopila y la brinda. En algunos casos, son costos menores, como fotocopias, pero hay casos que implican tiempo del personal, traslados, generar rutinas en software especializado lo cual implica una importante inversión de recursos.
-¿En qué se ha basado la institución para hacer ese planteamiento?
En un voto, la Sala IV le indicó que un interesado con sustento en ese artículo de la Ley de la Administración Pública. Dijo que la gente que estaba haciendo la petición debe de cubrir el costo.
-¿Cómo la interpreta la CCSS?
Que si es una información, que es como la Caja la tiene, y usted la solicita se le da, pero si a eso hay que hacerle un trabajo y eso no estaba planificado, hay que dedicar recursos y, entonces, ese gasto la Sala ya había condenado a la Caja a que pasara ese costo.
-Eso nosotros lo entendemos, pero como le había dicho, nosotros lo que le habíamos solicitado no representa ninguno de esos costos adicionales que usted menciona
La información que me han pasado es esta: “En este caso concreto se pidió un monto de salarios por ocupación en una serie de instituciones. (Conste que yo no he visto la petición que se hizo, lo que estoy viendo es el reporte). “La información se puede extraer del Sicere (Sistema Centralizado de Recaudación), pero requiere un esfuerzo adicional para constituirla porque no está como ustedes la piden, lo cual implica un costo administrativo que se informará el jueves”. Es lo que me están diciendo. No se está negando la información si no que hay que cubrir ese costo administrativo, que es un costo básico. No es que estamos haciendo o generando ingresos para la institución.
-Nosotros hemos consultado a varios especialistas y nos han dicho que esto es solo llevar un dispositivo especial y que lo copien.
Ustedes pidieron grupos ocupacionales específicos, y la institución no los tiene por esos grupos ocupacionales, los tiene por instituciones. Esa es la explicación que me están dando. Después, en agosto del 2015, la Sala Constitucional marcó una nueva forma de atender estas solicitudes. Se lo comento: ha dicho que estas no pueden ser abstractas e imprecisas, y los interesados deben individualizar a los funcionarios a los que se pide la información salarial. ¿Qué me explican a mí? Usted quiere saber el salario de la presidenta ejecutiva de la Caja, esa información así se la pueden otorgar, es lo que ha dicho la Sala Constitucional. No puede ser abstracta.
-Lo que nosotros percibimos que ha sido mucho el atraso. Cuando no es una excusa es otra, pasan los días y no nos dan esa información que es de interés público.
A mí me da mucha pena, porque realmente yo no estoy informada de esta situación. Pero hay una normativa, unas reglas que están establecidas. Efectivamente, había habido un acuerdo de Junta Directiva previo. No es de esta Junta Directiva. Aquí, inclusive, el tema es que nosotros más bien hemos brindado la información y fuimos recurridos, recurrencia que no tuvo efecto para los potenciales afectados, y sobre lo cual aún no hemos sido notificados y no conocemos el razonamiento de los jueces. Y eso debemos esperar a que salga.
-Mi compañero me confirma que no se ha pedido la información por categorías o grupos ocupacionales específicos. Se pidió una copia de la planilla del ICE, eso no requiere mayor trabajo. Llevan meses en eso y se le pidió la información tal y como la tienen. No había que elaborar nada.
Lo que tengo aquí es que se pidió un monto de salario por ocupación en una serie de instituciones. Esa es la información que me pasaron a mí.
-En nuestro caso específico, lo que pedimos fue la planilla de la institución.
La información se puede extraer del Sicere para esos grupos ocupacionales. Ese es el tema. Lo que ustedes pidieron, no sabría decirle. Lo que se está pidiendo es cubrir el costo administrativo de preparar la información, y que es un costo mínimo.
-Desde hace meses se ha pedido esta información que es de interés público. Lo que vemos es que la CCSS se niega a darla.
La CCSS la entregó en su momento y fue recurrida por la gente que se sintió aludida. Y ese voto llegó ayer (lunes 18 de enero) en la tarde. De alguna manera, al haber un recurso, me imagino yo que esto podría haber estado inhibiendo a las personas de entregar porque había una cuestión recurrida por haber entregado la información. Estoy tratando de encontrar una explicación lógica.
-No estamos hablando aquí de lo que La Nación pidió, hablamos de la lesión que la CCSS ha hecho al estado de derechos...
No me podría referir a ese tema porque lo que tengo aquí es que en algún momento se le entregó a alguien (la información) y que las personas que se sintieron aludidas metieron un recurso. Ayer salió el por tanto de la Sala Constitucional y nosotros necesitamos analizarlo y ser notificados para entender. Porque cuando la Sala lo acoge lo que le está diciendo a la administración, es ojo, usted está entregando una información que supuestamente no debió haber entregado.
-Lo último que tenemos es que se declaró sin lugar. Más bien esto apoya la tesis que siempre hemos sostenido en los medios del acceso a la información.
Sí, pero lo que yo le quiero decir es que lo que nosotros tenemos es el por tanto y no tenemos el razonamiento de los jueces. Aquí lo importante es el razonamiento porque es lo que le va a dar la certeza jurídica al funcionario y a la institución.
-¿Y el acceso a la información pública?
Nosotros siempre hemos estado dispuestos a brindar información de carácter público, y así lo hemos hecho. Siempre lo hemos hecho. Tanto que fuimos recurridos. Pero lo que pasa es que a veces los tiempos no son los mismos. Corren distintos. Yo entiendo la premura de sacar algo, que ustedes quisieran y no tienen la información en el momento, pero lo que sí puedo decirle es que siempre hemos estado dispuestos a dar información de carácter público y así lo hemos hecho.
-¿Por qué la Junta Directiva debe autorizar la entrega o no de información declarada de acceso público?
Esa parte la desconozco totalmente. Ese no es un tema que hayamos discutido al interior de la Junta actual. Lo que sí le puedo decir es que el espíritu de la Junta es que toda aquella información que es de carácter público y que no haya restricciones legales para poderla proveer, la institución está totalmente abierta a proveer la información. A no ser que haya restricciones específicas. Puedo decirle que mucha gente viene a solicitar información a la institución, que considera que es de interés público y tiene datos personales. Ahí hay un tema de preocupación.
-La Junta señala como requisito para entregar información que haya "seguridad en cuanto al equilibrio ideal entre el interés perseguido y los riesgos de un eventual reclamo por conducta lícita". ¿Cómo lo puede determinar la Junta Directiva?, ¿a qué riesgos se refiere si es información pública?
No sabría decirle porque nosotros no hemos discutido este tema en esta Junta.
-¿Por qué si se les pide una copia ya existente digitalmente de la última planilla de una entidad pública, susceptible de remitirse por correo tal y como está y en el formato en que se encuentre, la CCSS cobra por el procesamiento de la información?
La información que yo tengo es que se pidió una información de varias instituciones públicas por grupos ocupacionales y para proveer esa información no está disponible así como se solicitó.
-¿Acaso no teme estar incurriendo en un acto de desobediencia a las decenas de fallos de la Sala Constitucional que desde 1993 ha declarado decenas de veces que un ciudadano no está obligado a justificar ante la Administración Pública por qué requiere acceder a un dato público?
Yo le insisto: la institución entregó la información y fue recurrida ante la Sala Constitucional. El voto, el por tanto, salió ayer (lunes para el lector) y la institución no ha sido notificada. Eso es lo que le puedo contestar.
-Entienda, doctora, que nosotros en esto de la defensa al derecho a la información no aceptamos medias tintas. Lo tenemos muy claro.
Yo tampoco, y por eso le digo que siempre hemos estado dispuestos a brindar información de carácter público. Y lo hicimos y fuimos recurridos por la gente que se sintió aludida. Y, por lo tanto, hubo ahí una decisión que hasta el momento no hemos sido notificados de la resolución, pero vamos a estar atentos para ver qué es lo que están planteando.