La Sala Constitucional declaró que deben ser públicas las sesiones legislativas en las que se conoce el levantamiento de la inmunidad de un miembro de un supremo poder.
La resolución se da como respuesta a la acción de inconstitucionalidad presentada por el Colegio de Periodistas presentado en el 2012, cuando una fue declarada secreta una sesión donde se conocería el informe de Comisión que dictaminó el levantamiento del fuero al diputado Jorge Angulo Mora. En esa ocasión se obligó a la prensa a abandonar sus lugares y se suspendió la señal de audio y video cuando se procedía a discutir los fundamentos de la comisión.
La Sala determinó que en el quehacer legislativo debe imperar la transparencia y la publicidad con mayor intensidad.
"El legislativo debe ser el poder más translúcido de todos los que integran el Estado, sobre todo cuando ejerce control político", citó la Sala en su resolución.
Asimismo, los magistrados estimaron que la Asamblea Legislativa procedió de manera inconstitucional al establecer con base al artículo 191 de su reglamento que la sesión sería secreta, contrario al artículo 117 de la Constitución Política, que establece como regla la publicidad de las sesiones legislativas independientemente de si se ejerce función legislativa o control político.
Entre lo resuelto por la Sala se estableció que para que una sesión sea declarada secreta por el plenario legislativo deben existir motivos jurídicos que obliguen a tomar una determinación "tan extrema" y que la decisión de sesionar, deliberar y votar un asunto en secreto estará sujeta al control de constitucionalidad.
Consultado sobre el fallo, el presidente del Congreso, Luis Fernando Mendoza, aseguró que "hubo un apego de parte del presidente legislativo en aquel momento al cumplimiento del reglamento de la Asamblea Legislativa y ese fue el procedimiento que siguió atendiendo esas normas; si la Sala resuelve otra cosa, la Presidencia de la Asamblea será respetuosa y acatará las disposiciones de la Sala".