San José (Redacción). La Sala Constitucional aclaró esta tarde que es el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) quien debe determinar si procede o no el retiro de credenciales al alcalde de Pérez Zeledón, Luis Mendieta Escudero.
“Será ese órgano electoral, y no la Sala, quien debe determinar si las normas cuestionadas resultan o tienen algún grado de aplicación en los casos sometidos a su conocimiento, los cuales, se reitera, son de la exclusiva competencia y responsabilidad del Tribunal Supremo de Elecciones”, señaló la Sala en un comunicado difundido esta tarde.
La aclaración la hizo la Sala a petición del TSE, luego de dos semanas de tensas protestas en Pérez Zeledón, donde la ciudadanía exige la salida de Mendieta.
Por su parte, el TSE frenó el retiro de credenciales luego que el 19 de enero la Sala IV acogiera una acción de inconstitucionalidad presentada por Mendieta en contra del artículo 19 del código municipal.
Este artículo es el que establece el plebiscito como mecanismo para que la ciudadanía revoque el nombramiento de un alcalde.
El 18 de diciembre en un histórico plebiscito, el 82% de los votantes en Pérez Zeledón decidió quitar a Mendieta del cargo.
En vista de que la Sala acogió la acción de Mendieta, el TSE frenó el retiro de credenciales que ya había sido aprobado.
Así sucedió en casos anteriores, como el de los exdiputados del PLN, Fernando Sánchez y Maureen Ballestero, que frenaron el retiro de sus credenciales al presentar acciones de inconstitucionalidad a las normas que permitían separarlos del cargo.
Esta tarde, los magistrados del TSE se encontraban analizando la comunicación de la Sala IV para determinar lo que procede.