En cadena nacional, anoche a las 7 p. m., el presidente Luis Guillermo Solís ofreció que a través de un proyecto de ley, y no un decreto ejecutivo, se establecerá una prohibición absoluta a las huelgas en servicios básicos esenciales, como los que prestan hospitales, la Policía, los puertos y los transportistas.
En su mensaje, aseguró que ese proyecto es impulsado por las fracciones de Acción Ciudadana, Unidad Social Cristiana y Frente Amplio (FA) en el expediente 19.306.
Sin embargo, el texto de esa iniciativa no contiene nada parecido a una prohibición de las huelgas en ese tipo de servicios.
De hecho, la iniciativa fue redactada por las tres fracciones legislativas, con el fin de hacer aclaraciones sobre cuáles son exactamente los servicios esenciales y de qué forma se pueden permitir en ellos los paros.
Es la segunda vez que el presidente asegura que le interesa legalizar la prohibición total de esas huelgas. La primera fue en el mensaje inicial el viernes al levantar el veto impuesto en el 2012 por Laura Chinchilla a la reforma procesal laboral.
Aunque el viernes Solís dijo que emitiría “un decreto ejecutivo que confirme la prohibición absoluta de huelga en servicios esenciales”, en la cadena no hizo referencia a ese decreto.
El asesor legal de la Casa Presidencial, Marvin Carvajal, explicó el viernes que la idea es que en los servicios esenciales “podría darse la huelga, pero no podría dejar de ofrecerse el servicio”.
El problema que enfrentaría Zapote al pretender la modificación de la Reforma Procesal Laboral es que es imposible cambiar una ley por vía de decreto.
Diálogo. En su mensaje, el mandatario hizo un llamado a los empresarios para que se sienten a la mesa, con el fin de aclarar las dudas que tengan sobre la reforma.
Consciente de las críticas que ha recibido por la decisión de anular el veto, Solís dijo que sus adversarios fueron antes los impulsores del plan.
La Reforma Procesal Laboral, como tal, tiene puntos que han sido aplaudidos, pues agiliza los juicios laborales al reducir el papeleo y fomentar la oralidad. Con ello, un juicio que dura hasta 12 años, podría bajar a un año.
Eso sí, la iniciativa entrará en vigencia hasta dentro de 18 meses a partir de su publicación, tal como lo establece el artículo 10 de la reforma laboral.
La decisión presidencial de quitar el veto se dio antes del vencimiento del plazo cuatrienal del plan, aunque eso no implicaba su archivo, pues existía una moción que le permitía seguir vivo.