El Ministerio de Justicia deberá garantizar que los privados de libertad ejerzan su derecho al voto, aunque sean cambiados de cárcel después de cerrado el padrón electoral, según el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Dicha cartera tiene la obligación de informar al Registro Civil sobre el traslado de los reos para que se reubiquen en la junta receptora de votos del nuevo centro penitenciario.
De acuerdo con el letrado del TSE, Andrei Cambronero, ese trámite se puede realizar durante los cuatro meses previos a la elecciones -cuando el padrón está cerrado-, e incluso el mismo día de los comicios.
El Tribunal tomó esa decisión el pasado 5 de junio tras resolver un recurso de amparo de la directora de la Defensa Pública, Marta Iris Muñoz, en favor de siete privados de libertad que adujeron que su derecho al sufragio fue lesionado cuando fueron trasladados a un centro diferente a donde estaban empadronados.
Si bien, la querella fue declarada sin lugar, los magistrados hicieron esa precisión a futuro, al considerar que se trata de una "población vulnerable" que por razones "ajenas a su voluntad" se les limita su derecho al sufragio.
En los comicios presidenciales del pasado 2 de febrero, 8.713 personas estaban inscritas para votar en 16 cárceles. Únicamente se recibieron 2.832 votos (32,52%), sobraron 5.876 papeletas (67,48%) y cinco ciudadanos fallecieron antes de esa fecha.
Desde el 2 de octubre del 2013 que arrancó la campaña, el TSE tramitó 53 recursos de amparo, de los cuales el 94% fueron declarados sin lugar, sólo tres fueron admitidos.
El Tribunal admitió el recurso del hoy diputado del Frente Amplio, Jorge Arguedas, que anuló la Asamblea Nacional de su agrupación, donde en enero pasado se revocó su candidatura.
La segunda querella fue del entonces candidato presidencial del partido Nueva Generación, Sergio Mena, que suspendió el debate que organizó la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven.
Mientras que el tercer recurso de amparo fue del activista gay, Yashin Castrillo, contra la pauta de la Federación Alianza Evangélica Costarricense, que a juicio de los magistrados incitaba a votar de un forma en específico.