Tres criterios emitidos por la Sala Constitucional durante el 2012 hicieron levantar la voz al jerarca de la Dirección General de Servicio Civil, José Joaquín Arguedas.
Para él, son sentencias “inconsistentes” y “altamente ruinosas”, que perpetúan los interinazgos.
El más reciente de estos votos polémicos fue el 17059-12 que eliminó el impedimento que tenían los funcionarios interinos de optar por un puesto en propiedad mediante concursos internos.
Según los magistrados, existía una violación al principio de igualdad, pues la Administración no puede impedir que sus funcionarios accedan a plazas por la sola condición de ser interinos.
Sin embargo, a criterio de Arguedas, esa resolución contradice otras anteriores que impedían que las personas entrasen “por la cocina”; es decir, por una vía rápida sin haber adquirido experiencia en puestos más bajos.
Para Arguedas, la orden de los magistrados va a “promover los nombramientos interinos a ultranza” pues habrá muchos que los prefieran para acelerar un ascenso.
Como ejemplo, el jerarca citó la situación en la Asamblea Legislativa, donde, según dijo, una buena cantidad de empleados entran “matriculados con un político” y de un salto pasan de interinos en un cargo de confianza a una plaza en propiedad por concurso interno.
Marco Durante, abogado especialista en Derecho laboral, contradijo ese criterio y, más bien, consideró que la Sala Constitucional ha sido “oportuna”.
A su juicio, los fallos del tribunal constitucional “han permitido en los últimos años que los trabajadores interinos dejen esa condición precaria para acercarse más a las de un trabajador en propiedad”.
De esta forma, dijo, se procura cumplir con el principio constitucional de un empleo estable.
A su juicio, la figura del interinazgo se creó para flexibilizar el régimen, pero terminó pervirtiéndose con interinazgos prolongados que dejaron a muchos trabajadores en una segunda categoría.
Se hicieron intentos para conversar con magistrados de la Sala Constitucional sobre sus pronunciamientos, pero no fue posible.
Otros fallos. Los otros fallos de la Sala IV que inquietan al director del Servicio Civil fueron emitidos en mayo y diciembre anteriores.
El primero ( 07163-12), obligó al Servicio Civil a hacer pruebas de conocimiento a todos los oferentes en concursos públicos, mientras que otros tres de diciembre, dieron la razón a educadores que impugnaron los nombramientos realizados con base en información del 2009.
“Es indispensable que exista al menos un instrumento que de modo específico valore tanto el nivel de razonamiento del oferente como su conocimiento o dominio sobre la materia atinente al puesto en que concursa”, señaló la Sala en mayo.
Esto obligaría al Servicio Civil a elaborar una prueba para cada una de las 470 carreras que contrata.
Para Durante, lo que esto revela es una urgencia de revisar la relación entre el Estado y sus trabajadores para definir estabilidad, competitividad y salario según rendimiento y competencias.