Dos kilos de pescado y un bronceador serán algunos de los artículos de los que podría privarse un conductor temerario en esta Semana Santa para, así, pagar la multa de ¢20.000 que le impondrán.
Ese es el mismo monto con que lo habrían sancionado en 1993, el cual cobró vigencia luego de que la Sala Constitucional anulara la multa actual de ¢351.000.
Un conductor temerario es aquel que transita 20 kilómetros por encima de la velocidad máxima permitida, o quien circula por una escuela a más de 25 kilómetros por hora.
Sin embargo, esos no son los únicos choferes beneficiados con la rebaja de multas que la Sala Constitucional realizó en la votación de este miércoles.
Durante la sesión, también quedaron reducidas las multas para los choferes que estacionen en lugares indebidos, o que no porten extintor o triángulos de emergencia.
Igual ocurre con quienes conduzcan vehículos sin luces de freno o espejos retrovisores, e incluso con los taxistas que cobren tarifas abusivas.
Aunque no fue posible conocer los razonamientos de los magistrados para anular las multas actuales, ya meses atrás dejaron sin efectos otras penas económicas establecidas por la ley de tránsito del 2008, por considerarlas excesivas.
Este es el caso del castigo por no portar la revisión técnica o no llevar el cinturón de seguridad.
Aquellos que pagaron las multas no pueden plantear reclamos.
Consecuencias. “Lamentablemente, la noticia (de los fallos de la Sala) no favorece la seguridad vial. Discrepo de los señores magistrados porque el conducir a velocidad temeraria se hace con premeditación, con claridad del riesgo”, manifestó ayer Francisco Jiménez, ministro de Obras Públicas y Transportes (MOPT).
El jerarca recordó que los accidentes de tránsito cuestan a la Caja Costarricense de Seguro Social entre $1.500 y $5.000 diarios.
“Estamos mandando muchos heridos graves a nuestros hospitales por conducir irresponsablemente (...), para eso se imponen multas: para desestimular esas conductas”, añadió el jerarca.
Al menos, celebró Jiménez, quedaron vigentes las multas para los ciclistas y motociclistas que no porten los chalecos reflectivos en la noche o los cascos.
Por ejemplo, si un motociclista adulto no porta casco, la pena será de ¢351.000, y, si lleva a un niño sin esa protección, la multa será de ¢468.517.
A los ciclistas y motociclistas que circulen sin chaleco reflectivo durante la noche, o en días de lluvia, se les impondrán ¢187.406.
El Ministerio justificó los montos ante el número de muertes de estos conductores. En el 2011 murieron 72 motociclistas, y 20 en los primeros dos meses de este año.
Tampoco fue anulada la pena para los transportistas que ofrezcan sus servicios sin contar con los permisos respectivos.
El MOPT advirtió que la rebaja de puntos a la licencia se mantiene. Así, los conductores temerarios multados perderán sus 50 puntos y la licencia por dos años.