Rafael Gutiérrez
Director Ejecutivo del SINAC
¿Cuál es la jurisdicción de los guardaparques?
Nosotros, desde el Servicio Nacional de Áreas de Conservación, damos cumplimiento a tres leyes...En delitos forestales, la ley nos da autoridad en todo el país, al igual que en el caso de vida silvestre. Es decir, podríamos hacer patrullajes en todo el país, pero por la escasez de personal, nos enfocamos en áreas protegidas.
”Tenemos convenios con voluntarios donde se hace una programación según la temporadas de incendios o tortugas, etc.
¿Qué posibilidad tienen los voluntarios de protegerse?
La autoridad de policía la tiene el Ministerio e Seguridad Pública, por supuesto, y los funcionarios del Sinac establecidos en la Ley Forestal y la Ley de Vida Silvestre. Esta no se puede delegar a nadie.
Entonces ¿cuál es la labor de los voluntarios?
Apoyar como testigo y en labores de inspección, etc., pero todo lo que tiene que ver con el uso de armas o el decomiso, lo tiene que hacer el funcionario.
Pero, donde ustedes están ausentes, ellos terminan estando solos.
Están totalmente expuestos y es un riesgo muy fuerte. Ahí la recomendación es que coordinen los patrullajes con Seguridad o Guarda Costas.
Eso trató de hacer Jairo Mora, sin obtener una respuesta.
Es correcto y eso es lo que deberíamos evitar. Por eso hay que buscar más recursos.