El Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) teme que en diciembre no podrá cobrar las multas impugnadas de Tránsito.
La ejecución de multas apeladas y que se resuelvan a favor del Cosevi se suspendió desde este miércoles, cuando la Sala IV acogió una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Tránsito.
Tomando en cuenta que los magistrados tardan hasta un año en resolver este tipo de acciones, es poco probable que puedan ejecutarse los cobros respectivos.
Así lo reconoció ayer Carlos Rivas, director legal del Consejo de Seguridad Vial.
Hasta este miércoles, se habían apelado 25.000 infracciones de Tránsito, que equivalen a ¢14.000 millones.
Según Rivas, al no poder cobrar parte de estas multas junto al marchamo del 2011, se afectarán los ingresos del Cosevi y de otros entes beneficiados.
Entre ellos destacan: los comedores del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), Educación Vial, Ingeniería de Tránsito y la Policía de carreteras.
El funcionario también teme que esta acción de inconstitucionalidad impulse a otros conductores a impugnar sus boletas de Tránsito de ahora en adelante.
“Porque ahora saben que la Sala IV tiene suspendido el cobro”, declaró Rivas.
La acción de inconstitucionalidad fue interpuesta por Yuribeth Méndez Castro, presidenta de la Federación Costarricense de Porteadores (Fenapo).
Este grupo argumenta que las resoluciones dictadas por las Unidades de Impugnación del Cosevi no pueden ser recurridas en una instancia superior.
Pese a la suspensión de las multas impugnadas, la Policía de Tránsito continuará aplicando sanciones en carretera.
Si el conductor lo desea, podrá impugnarlas en las ocho Unidades de Impugnación del país.