Tengo entendido que no existe ni un reglamento de uso para las operadoras ni un contrato entre operadoras y CCSS sobre uso del Sicere.
Es una apreciación que no es del todo correcta. La relación Sicere y operadoras está absolutamente regulada desde la Ley de Protección al Trabajadora, pasando por el reglamento de apertura de los fondos, y está regulada por la Supén. Está más que controlada.
Las operadoras admiten que hay interés en un contrato.
Las operadoras de capital privado piden establecer un contrato entre proveedor y cliente. Esto lo podemos trabajar. Estamos en la línea de sentarnos con ellos a diseñar un contrato. Lo que se busca es una mejora a nivel de proceso. Coincido con ellos en que es importante.
¿Qué tipo de mejoras se introducirían en el manejo del Sicere a través de un contrato?
Básicamente, es establecer un requisito que la norma de sistemas de gestión de calidad establece. No implica que lo que tengamos hoy no esté controlado y regulado. Podríamos llegar a niveles de servicios, en líneas de servicios, que hoy no está especificado.
La falta de contrato, ¿eleva el riesgo de que ocurran hechos como el hackeo que sufrió el Sicere en marzo y mayo?
La no existencia de esto no desmejora esto ni pone en peligro al sistema. No hay una relación directa de esto con lo sucedido.
La CCSS cobra a las operadoras entre ¢4.000 y ¢5.000 millones anuales por administrar el Sicere. ¿De dónde sale el cálculo de ese costo?
Por ley, la Caja está obligada a recuperar los costos en que incurrió para generar el proceso. Hay que recuperar el costo. Se les cobra a todos a los que se les hace proceso de recaudación: IMAS, INA, Banco Popular, Asignaciones Familiares y operadoras. Es un 0,98% de lo recaudado. Lo define la Caja mediante estudio actuarial. Se actualiza cada cinco años.