El proyecto de ley para la promoción del transporte eléctrico en el país superó, este miércoles, el bloque que el diputado libertario Otto Guevara le había puesto enfrente al trámite, al lograr un consenso sobre algunos cambios en la iniciativa.
Los diputados de la Comisión de Gobierno y Administración finalmente desecharon las 421 mociones que el candidato presidencial del Movimiento Libertario había plantado al frente de la iniciativa, con el fin de impedir su avance, o bien intentar que también se incluyera otro tipo de tecnologías automotrices, principalmente a pedido de algunas compañías importadoras de automóviles.
La intención del proyecto es que las tecnologías de los autos eléctricos, exclusivamente, sean exoneradas de impuestos durante un plazo específico, como una forma de incentivar la importación y adquisición de este tipo de vehículos, que actualmente son muy costosos.
La intención es que este tipo de vehículos paguen tasas menores en los impuestos de ventas, selectivo de consumo y el aduanero.
Entre los últimos cambios hechos al proyecto, en la última etapa de las modificaciones de fondo, está la definición de vehículos eléctricos como aquellos que trabajan al ciento por ciento con electricidad, para que no se confundan con los híbridos, por ejemplo, que pueden trabajar con electricidad o con un motor de combustión.
Otto Guevara explicó que las mociones se habían presentado antes de que se construyera un proyecto de consenso entre los miembros de la Comisión de Gobierno, pues argumentó que originalmente se pretendía favorecer solamente una marca de vehículos.
Añadió que, de las mociones originales, solo pedirá que se revisen tres para "arreglar un problema de redacción en el texto sustitutivo", antes de que se envíe el proyecto de ley definitivamente para su votación en el plenario.
La diputada Marcela Guerrero, del Partido Acción Ciudadana (PAC) y una de las impulsoras de la iniciativa, explicó que ningún vehículo que tenga motor de combustión recibirá el beneficio de la exoneración tributaria.
Antes de las últimas modificaciones hechas al proyecto, este miércoles, no se permitía la importación de vehículos eléctricos usados. Ahora, Guerrero expuso que se podrán beneficiar de la iniciativa autos hasta con cinco años de antigüedad.
Eso sí, no solamente se incluye en el concepto de vehículo a los automóviles, sino que también están incluidos en la ley otros tipos de transporte eléctrico, como motocicletas, bicicletas, microbuses, buses, camiones, trenes o cualquier otro medio definido en el reglamento.
Entre los últimos cambios, también se plantea un capítulo referido a la capacitación y se estableece que el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) tendrá que preparar técnicos y mecánicos que puedan prestar servicios de reparación de este tipo de vehículos en el país.
Exoneraciones
En cuanto a las exoneraciones de impuestos, los vehículos que tengan un precio inferior a los $30.000, no tendrán que pagar uno solo de los impuestos, ni ventas, ni aduanero ni selectivo de consumo.
Los que tengan costos superiores a los $30.000 y hasta $45.000, pagarán solamente la mitad del impuesto de ventas y el 25% del impuesto selectivo de consumo. El aduanero no lo cancelarán.
Las unidades eléctricas cuyo valor oscile entre $45.000 y $60.000 tendrán que pagar el impuesto de ventas completo y la mitad del selectivo de consumo, pero no el aduanero.
En cuanto a los vehículos que superen los $60.000, no recibirán el beneficio de la exoneración de ninguno de los impuestos.
Sobre los respuestos, los diputados solamente incluyeron dentro de los beneficios de la exoneración a los repuestos necesarios para el motor eléctrico y la batería del automóvil.
Entre los beneficios tributarios, los legisladores no solamente establecieron la rebaja en la tasa de varios impuestos, sino que establecieron recompensas para aquellas empresas, por ejemplo, que sustituyan hasta cierta parte de su flota vehicular por transporte eléctrico.
Específicamente, si una compañía cambia el 10% de sus vehículos por eléctricos, podrán rebajar el costo de la declaración del impuesto sobre la renta.