Ni broches sobre el uniforme del trabajo, tampoco calcomanías en el casillero, menos banderas del partido preferido en la entrada a la oficina.
Ninguna de estas actividades de propaganda electoral deben permitirse en el centro de trabajo, regla que aplica tanto para jefes como subalternos.
Así lo recordó el abogado experto en derecho laboral Alejandro Trejos en un videochat del martes por la tarde de El Empleo de La Nación.
"Esas actividades serían actividades político-electorales contrarias al artículo 72 del Código de Trabajo que prohíbe actividades político-electorales en los centros de trabajo", dijo Trejos, abogado de la firma BDS Asesores.
Trejos recordó que ni patronos ni colaboradores deben propiciar foros, análisis o reuniones de corte político para promover un candidato dentro de su centro laboral.
"El patrono puede enviar una carta de amonestación a empleados que hagan campaña en horarios de oficina (...) si la conducta se repite puede incluso haber un despido sin responsabilidad patronal", afirmó el abogado.
En la otra acera, indicó que los colaboradores pueden acudir al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) a denunciar envío de correos, conversaciones o solicitudes pasadas de tono de sus jefes indicando que voten por un determinado candidato.
De hecho, el TSE investiga actualmente denuncias presentadas contra las empresas Avon y Subway.
Sobre quienes laboran en días de las elecciones, Trejos recordó que la ley garantiza un permiso con goce salarial para quienes deben ausentarse del trabajo a fin de emitir su voto.
"El patrono puede solicitar una constancia del lugar de votación del trabajador", explicó.
Aclaró que el colaborador es libre de decidir dónde desea estar registrado para emitir su voto.
La Nación en Internet le brinda el videochat de una hora de duración con los consejos aportados por el abogado, Alejandro Trejos.