Los diputados recortaron a un 82% el monto de la jubilación máxima a que podrán acceder los empleados judiciales al aprobar una moción de fondo en el proyecto de ley que modifica el Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Poder Judicial.
Además, durante el debate de las 102 mociones de fondo presentadas a la iniciativa de ley, el miércoles en la noche, acordaron elevar de un 11% a un 13% el monto del aporte laboral al fondo jubilatorio, de acuerdo con las recomendaciones del Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas (IICE) de la Universidad de Costa Rica (UCR).
Originalmente, la iniciativa legal establecía el aporte obrero al fondo de pensiones en un 11% y le dejaba la potestad a la junta administradora del Fondo de Pensiones para que lo aumentara hasta un 15%; no obstante, la recomendación de los actuarios de la UCR fue dejarlo de una vez en un 13% y no permitir que las presiones impidieran su incremento.
A raíz de la modificación, el nuevo cálculo de la pensión establece que los trabajadores judiciales van a tener derecho, una vez aprobada la reforma legal, a una jubilación ordinaria igual a un 82% del promedio de los últimos 240 salarios (20 años de servicio) y no a un 85% como habían decidido originalmente en un trámite anterior.
Actualmente, los funcionarios de la Corte Suprema de Justicia se pueden retirar con una pensión igual al promedio de los últimos 24 mejores salarios.
La modificación aprobada por los legisladores aún mantiene el monto de las pensiones judiciales muy por encima de las que reciben la mayoría de los costarricenses bajo el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Con este sistema, la pensión máxima de los trabajadores llega a un 60% del promedio de los últimos 240 salarios recibidos.
La Comisión Especial de Pensiones se reunió esta semana para tramitar el centenar de mociones presentadas al proyecto, de las cuales se aprobaron 19. De los cambios efectuados en el proyecto de ley, la mitad hacían modificaciones en la redacción de algunos artículos, por cuestiones que para los legisladores resultaban confusas.
Aunque originalmente había una intención entre los diputados del Partido Liberación Nacional (PLN) para diferenciar la edad de pensión de los hombres y de las mujeres, finalmente se mantuvo en 65 años la edad mínima para acceder al beneficio de la jubilación.
La discusión de las mociones se prolongó durante varias horas, porque el diputado Jorge Arguedas, del Frente Amplio, tomó todos los minutos a que tenía derecho para hablar durante la discusión de 40 de las 102 mociones; sin embargo, a partir de cierto punto cedió en que se tramitaran las modificaciones propuestas sin hacer uso de la palabra.
Arguedas sostuvo, en todo momento, que con las decisiones del presidente de la Comisión Especial de Pensiones, el socialcristiano Johnny Leiva, se le estaba limitando su derecho constitucional de enmienda de los proyectos de ley.
El frenteamplista es el único miembro del foro especial que defiende los argumentos de los empleados judiciales en contra de las modificaciones que impulsa la mayoría de la Comisión de Pensiones.
La diputada Marcela Guerrero, del Partido Acción Ciudadana (PAC), explicó que también era importante dejar establecido un porcentaje para financiar los gastos y salarios de la Junta Administradora del Fondo de Pensiones del Poder Judicial, que será de un 0,005% de los salarios de los empleados judiciales.
Además, la congresista explicó que se planteó una redacción para consolidar como obligación el pago del canon de supervisión a la Superintendencia de Pensiones (Supén), asunto que actualmente está en disputa entre la administración del fondo jubilatorio y la Supén.
Terminado el trámite de las mociones de fondo, la Comisión Especial de Pensiones enviará el proyecto al plenario legislativo, para el próximo paso, que es la reiteración de varias de las mociones desechadas este miércoles, tal como lo permite el artículo 138 del Reglamento legislativo.
Antes de tramitar esas modificaciones, el presidente del Congreso, Gonzalo Ramírez, tendrá que tomar la decisión -como se lo permite la vía rápida con que se tramita ese proyecto- de fijar cuáles mociones se van a debatir en el plenario legislativo.
Concluida esa etapa, los legisladores tienen 22 sesiones para discutir en el plenario la aprobación del proyecto de ley y hacer la votación en el primer debate.
Según Marcela Guerrero, la presidencia del Congreso tiene la potestad de convocar a sesiones las mañanas y las noches, incluso los viernes, día en que los legisladores regularmente no laboran; también los fines de semana.
Principales reformas
Entre las principales reformas que establece el proyecto de ley al régimen jubilatorio actual están las siguientes:
-Pensión de un 82% del promedio de los últimos 240 salarios; hoy es un 100% del promedio de los últimos mejores 24 sueldos
-Jubilación a los 65 años; actualmente, se pueden jubilar desde los 60 años, las mujeres, y desde los 62, los hombres
-Acceso a la pensión con 35 años de servicio; en la actualidad, se puede contar con 30 años laborados, para jubilarse
-Edad mínima para la pensión, aceptando una penalización en el monto, será de 60 años para mujeres y 62 para los hombres; hoy se puede hacer a los 55 años
-Tope de pensión de ¢4 millones, cosa que en la actualidad no existe para los trabajadores de la Corte Suprema
-Contribución solidaria máxima de un 55% sobre las pensiones que excedan el tope de los ¢4 millones, cosa que tampoco existe en las pensiones actuales
-Porcentaje de cotización obrera aumenta del actual 11% a un 13%, fijado por ley