Bogotá. AP. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado colombiano a indemnizar a los familiares de 10 personas desaparecidas y una ejecutada extrajudicialmente durante la recuperación, en noviembre de 1985, del palacio de Justicia de esta capital.
El tribunal, con sede en San José, Costa Rica, responsabilizó a la nación colombiana “por la violación de los derechos a la libertad personal, a la integridad personal, a la vida y al reconocimiento de la personalidad jurídica” de las 11 víctimas.
El Gobierno expresó, por medio de un comunicado del Ministerio del Interior, que recién fue notificado de la sentencia y que la “estudiará detalladamente (...) para establecer cuáles son las implicaciones y determinar su verdadero alcance. Posteriormente dará a conocer sus consideraciones”.
La Corte IDH ordenó, entre otras disposiciones, resarcir económicamente a los familiares, publicar el contenido de la sentencia en medios de comunicación para que tenga difusión, continuar la investigación judicial para que los responsables sean llevados ante la Justicia y brindar apoyo psicológico a los familiares y a quienes sufrieron daños durante la retoma del palacio.
El 6 de noviembre de 1985 la guerrilla Movimiento 19 de Abril (M-19) asaltó la sede del palacio de Justicia , en el centro de Bogotá, y demandó hacer un juicio público al entonces presidente Belisario Betancur (1982-1986).
El Gobierno ordenó entonces retomar el palacio y a lo largo de casi dos días de enfrentamientos armados murieron más de un centenar de personas, entre ellas los rebeldes y 11 de los 24 magistrados de la Corte Suprema.
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos supervisará el cumplimiento íntegro de la sentencia en ejercicio de sus atribuciones y en cumplimiento de sus deberes conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y dará por concluido el caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia”, agregó el tribunal de justicia.
La toma del edificio y la respuesta de los militares dieron paso a una madeja judicial: procesos penales se abrieron y cerraron por decisión de diferentes tribunales hasta que la Fiscalía General comenzó en el 2005 a investigar el caso desde cero.
La Fiscalía ordenó entonces la detención de varios militares retirados, incluido el coronel Alfonso Plazas Vega, cuyo juicio por desaparición forzada comenzó a mediados del 2008.
También fue condenado el general Jesús Armando Arias Cabrales (en situación de retiro), quien comandaba una brigada del Ejército con sede en la capital colombiana.
Los 10 desaparecidos son Carlos Augusto Rodríguez Vera, Irma Franco Pineda, Cristina del Pilar Guarín Cortés, David Suspes Celis, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Gloria Stella Lizarazo Figueroa, Luz Mary Portela León, Lucy Amparo Oviedo Bonilla y Gloria Anzola de Lanao. El ejecutado extrajudicialmente fue el magistrado auxiliar Carlos Horacio Urán Rojas.
La máxima pena en Colombia por el delito de desaparición es de 40 años de cárcel.
Para Jorge Molano, uno de los abogados de los familiares de los desaparecidos, el fallo de la Corte “es histórico”.
En entrevista telefónica con AP el jurista también destacó que la sentencia reconoce que se torturó a cuatro personas y que una –el juez Urán– fue ejecutada extrajudicialmente.
Según el abogado, el fallo le da la razón al Tribunal Superior de Bogotá en los procesos a los militares Plazas y a Arias.
El abogado de Plazas, Jaime Granados, comentó por teléfono que el fallo no tiene relación con su cliente en la medida en que se juzgó la responsabilidad del Estado y no de particulares. “Toda nuestra atención está concentrada en el fallo que producirá la Corte Suprema de Justicia” respecto de un recurso elevado por Plazas, agregó Granados.