La Corte Interamericana de Derechos Humanos concluyó ayer audiencias preliminares en un juicio contra el Estado mexicano interpuesto por dos campesinos detenidos por militares en 1999 y luego condenados bajo cargos de tenencia de armas y drogas por su oposición a la tala de bosques.
Los mexicanos Teodoro Cabrera García y Rodolfo Montiel Flores alegan que fueron sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes mientras fueron detenidos por soldados mexicanos.
Los afectados denuncian que el 2 de mayo de 1999 unos 40 militares irrumpieron en la pequeña comunidad de Pizotla, estado de Guerrero, donde Cabrera y Montiel participaban activamente contra la tala de bosques local.
Ése día, los soldados los habrían detenido arbitrariamente y a la fuerza sin existir orden detención alguna contra ellos.
Los afectados afirman que permanecieron cinco días en manos de los soldados y en exceso de los plazos legales. En ese lapso, además, dicen que fueron torturados y luego obligados a firmar confesiones de delitos que finalmente derivaron en condenas en su contra por la cuales fueron a la cárcel.
El gobierno de Vicente Fox ordenó su liberación en el 2001 por razones humanitarias pero sin reconocer su inocencia o investigar el papel del ejército por lo cual acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
Estos últimos negaron responsabilidad alguna de México respecto a violación de derechos, en particular los cargos de tortura, pues afirmaron que Montiel y Cabrera tuvieron una defensa adecuada y contacto con familiares por lo cual solicitó desestimar toda reparación del daño.
Luis Arriaga, director del Centro Prodh, destacó en cambio que las violaciones quedaron plenamente acreditadas pues ninguno de sus argumentos se cuestionó “contrario a lo que mostró el Estado donde hubo inconsistencias y contradicciones”.
“Los representantes del Estado fueron incapaces de refutar los cargos por tortura”, señaló Arreiga en alusión a cuestionamientos de los jueces como porqué soldados cumplieron labores de seguridad pública en ausencia de una guerra o porque se extendió por días la detención de los hombres.
La única testigo presentada por el Estado, una perita de la Procuraduría General de la República, admitió incluso que los certificados médicos emitidos por peritos adscritos a esa entidad en los casos de las personas detenidas, no constituyen un examen médico completo ni cumplen estándares internacionales para la detección de tortura.
Esta no es la primera vez que el Estado mexicano es elevado a juicio en la Corte.
En el año 2008 se emitió una primer sentencia condenatoria contra este por el caso Castañada, un excanciller que en su momento se quiso postular como candidato presidencial.
La Corte determinó que hubo una violación a los derechos políticos del afectado que la Corte declaró fueron violentados.
En el 2009, México también fue condenado por los casos de la desaparición forzada de Rosendo Radilla en la década de los 70 y además por el caso del campo algodonero. En este último, la Corte condenó la falta de investigación por la muerte a lo largo de varios años de varias mujeres, entre ellas menores, en un contexto de feticidio en Ciudad Juárez en esta década)
Este año, este es el tercer caso presentado contra el Estado: se suma a dos que ya escuchó la Corte en 2010 y sobre los cuales se espera sentencia. Ambos tratan sobre violaciones sexuales a mujeres indígenas por parte del Ejército en México.
En lo correspondiente al actual caso de los campesinos ecologistas, el Estado y las otras partes tienen hasta el 5 de octubre próximo como fecha límite para presentar los alegatos finales. Después de este punto, la Corte empezará un período de deliberación y revisión de pruebas que culmirá con la emisión de sentencia a finales de este año.