El caso del Banco Anglo
Dr. Gerardo Trejos Salas
Informe del Presidente de la Comisión Legislativa encargada de estudiar las irregularidades que condujeron al cierre del Banco Anglo Costarricense

INTRODUCCIÓN
I. COMPRA DE SUBSIDIARIAS AVC VALORES COMECIALES S.A., ABC VALORES Y BOLTEC S.A.
II. ANGLO AMERICAN BANK
III. CRÉDITOS Y SOBREGIROS
IV. INVERSIONES EN DEUDA EXTERNA
V. PAGARÉS DE JASEC
VI. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA
VII. DEUDA POLÍTICA
VIII. INFORME FINAL DEL INTERVENTOR AL CONSEJO DE GOBIERNO
RECOMENDACIONES

III. CRÉDITOS MEDIANTE SOBREGIROS EN CUENTAS CORRIENTES

A- Procedimiento para su concesión.

El tema de los sobregiros es otra de las áreas de investigación de la situación del BAC que más atención ha demandado de la Intervención.

El sobregiro, como modalidad de crédito, se ha utilizado abusivamente, otorgándose indiscriminadamente, con garantías insuficientes o, peor aún, sin garantía alguna.

El conocimiento de todos los sobregiros otorgados por el BAC se da con la intervención.

En una comunicación del 28 de octubre de 1993 de la AGEF, se informa al BAC que los sobregiros revisados en cuentas corrientes muestran un incremento elevado; se detectaron gran número de ellos mal calificados y autorizados por la Gerencia y/o la Sub Gerencia, sin documentarlos, con prórrogas reiteradas y sin que exista información financiera que permita determinar la capacidad de pago del deudor.81

En el informe "Ejecución del programa crediticio, análisis y colocación y la morosidad, período 1990-1994", presentado por el Consultor Alberto Romero Carvajal, contratado por el Banco Anglo en abril de 1994, se hace un análisis, que, según señaló el señor Rodrigo Bolaños en su comparecencia,82 está basado en información recopilada en la AGEF y en la División de Planificación Financiera del Banco Anglo. 83

En él se señala que existe un alto porcentaje de morosidad y que el crecimiento desmedido de estas operaciones, lejos de basarse sobre una estructura planificada, se ha ido ajustando en cada momento ante las exigencias del mercado, lo cual lleva a improvisar sobre la marcha.

Se hace necesario estudiar la gestión de cobro, pues el sistema utilizado por el BAC se muestra rígido y desfasado, comparándolo con el desarrollo de otras áreas del Banco.

La cartera crediticia muestra un crecimiento alto, paralelo al deterioro de su calidad, debido a que no se proveían las debidas garantías, mientras que el Artículo 76 de la Ley orgánica del Sistema Bancario nacional dice: "...los créditos que concedan los bancos comerciales deberán ser asegurados con garantías que a su juicio sean satisfactorias".

En el Informe sobre Operaciones Crediticias Irregulares (G1-143/94, de 8 de noviembre), don Rodrigo Bolaños muestra aquellos sobregiros que fueron recalificados por la AGEF, otorgados con garantías insuficientes, o sin garantía y el término de

de cada uno. 84

En un informe de la Auditoría Interna del BAC, el AU 222-94 del 27 de junio, se hacen ver una serie de irregularidades en los créditos y sobregiros concedidos por el BAC. Muchos de los préstamos, la mayoría, fueron aprobados por el Gerente General, Sr. Robles Macaya, en algunos casos en concurso con otros funcionarios, "especialmente en el nivel de dos de los Sub-gerentes del Banco en ese entonces".85

Por ejemplo, veinticuatro de los sobregiros, por un monto de 467 millones de colones, fueron concedidos sin que existiera ninguna garantía a favor del Banco, en contra de las disposiciones de la ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional. Ya en la Sesión de la Junta Directiva del BAC, No. 58, del 20 de julio de 1992, Art. 4, el Auditor Interino, Jorge Tomás Quirós Rodríguez, señalaba la necesidad y obligación legal de que todo crédito, ya sea sobregiro o crédito directo, tenga una garantía a satisfacción del Banco. A pesar de ello, la Junta Directiva, en esa Sesión, no adopta ninguna decisión al respecto. 86

El sobregiro, se dice, como instrumento de financiamiento a corto plazo, es normal, siempre que sea bien utilizado. La Gerencia del BAC, según consta en Actas que datan del año 92, argumenta que legalmente desde que se autoriza un sobregiro, este queda documentado con la emisión de un cheque. En contra de tal criterio, el

señor Rodrigo Bolaños insistió en que los sobregiros constituyen una modalidad de préstamos y por lo tanto deben quedar adecuadamente formalizados a través del correspondiente contrato, al que un cheque no puede sustituir con iguales efectos.87

El deterioro de la cartera crediticia ha sido de una enorme magnitud y sobre bases absolutamente irregulares.88

Para mayo de 1994 el BAC tenía 322 sobregiros vencidos, que representan 2.250 millones de colones, el 75% de ellos autorizados por el Gerente General.

Se trata de empresas con sobregiros millonarios y capitales sociales irrisorios (por ejemplo, la empresa Cerro Frío S.A que se constituyó con un capital social de 1.200 colones, aparece con un sobregiro de 23 millones de colones. Además, no tributa, ni está inscrita en el Registro de Patronos de la CCSS).

Aparece otro grupo ligado al Bufete Robles Laclé y empresas del grupo Rodó Ortuño, Bufete Quirós y Asoc. 89

El propio señor Antonio Robles Aguilar, reconoció en su comparecencia ante la Comisión Legislativa 90 que solicitó a su primo, el señor Carlos Hernán Robles M., que le ayudara para obtener créditos y sobregiros, advirtiendo que, en todo caso, se hizo prestando las garantías necesarias y a través del procedimiento y la formalización requeridos, sin que ello suponga nada incorrecto, ya que él no obtuvo ningún beneficio como sería por ejemplo evitar el pago.

Según manifestó el Licenciado Rolando Laclé Castro, el señor Juan Antonio Robles Aguilar le solicitó una carta de recomendación para él y los hermanos Mariano y José Luis López Gómez, carta que se redactó en términos amplios, dando muy buenas referencias acerca de los "recomendados": "...Los recomiendo plenamente, sin ninguna reserva... a quienes conozco desde hace varios años...y son personas excelentes...profesionales y empresarios...".

Si bien es cierto, como indicó el Licenciado Laclé, es frecuente que se pidan ese tipo de cartas, a personas que ocupan cargos relevantes, no parece sano recomendar como Ministro de la Presidencia, por "referencias", es decir -y con respecto a los hermanos López- sin conocer a la o las personas, sino por información referida por un tercero y porque no se conoce ningún obstáculo para hacerlo.

No cree que el haber hecho la carta comprometiera su posición de Ministro.

Negó haber sido utilizado para facilitar la obtención de una licencia para la apertura del Anglo American Bank.

Para confirmar la regla, una vez más se da la circunstancia de que funcionarios o miembros de bufetes ligados a miembros del BAC, se favorecen con créditos y sobregiros. Así, el edificio donde se ubicó BOLCAFÉ se compró con un préstamo del BAC con garantía hipotecaria de primer grado (Juan Antonio Robles Aguilar, primo de Carlos Hernán Robles Macaya, hermanos López y Rolando Laclé Zúñiga, su hijo). 91

Red Contreras-Madriz-Chanto-Cadet y los sobregiros del Banco Anglo

Datos básicos de las empresas con sobregiros vencidos al 10/8/94: (C.S.: capital social; S: sobregiro):

Inversiones Salitral S.A.: C.S.: 10.000 colones. S: más de 21 millones; Plaza Colonial Escazú S.A.: C.S. 24.000 colones. S: 10 millones de colones; Villas del Corso S.A. C.S.: 1.200 colones. S: 20 millones de colones; Guaicán S.A. C.S. : 1.000 colones. S: más de 24 millones de colones; Cerro Frío S.A. C.S.: 1.200 colones. S: casi 23 millones de colones; Corporación Kilara S.A. C.S.: 2.000 colones. S: más de 24 millones de colones; Kadira S.A.: C.S.: 1.000 colones. S: más de 47 millones; Cerro de Alta Monte: C.S. 1.000 colones. S: más de 5 millones; Río Coral S.A. C.S.: 1.000 colones. S: más de 15 millones de colones; Isla Garza S.A. c.S.: 1.000 colones. S: más de 24 millones; Corporación Ciudad Atlántica. C.S.: 1.200 colones. S: más de 24 millones; Agroindustrial Pamplona S.A.. C.S.: 1.000 colones. S: más de 24 millones; Oscar Cadet Fernández. C.S.: sin indicar. S.: dos sobregiros sobrepasan los 11 millones de colones; Tajo Hermanos Ramírez Crespo S.A. C.S.: 3 millones de colones. S: casi tres millones de colones; Concretico S.A. C.S.: 2 millones de colones. S: casi 2 millones de colones.

La mayor parte de estos sobregiros fueron aprobados por Carlos Hernán Robles, quien demás de fungir como Gerente del BAC en ese entonces, aparecía como socio del Bufete Robles Laclé. Once de las quince empresas de la "red Contreras-Madriz-Chanto-Cadet", se crearon entre 1991 y 1993, ocho de ellas mientras Carlos Hernán Robles era Gerente del BAC. Como se lee, (8 de 15) tienen un capital social de poca entidad, pero con sobregiros de varios millones de colones. En 9 de 15 de los casos, la garantía es fiduciaria. En otros casos, sin garantía, que para efectos de recuperación, la garantía fiduciaria funciona como si no la hubiera, si, además, se considera que el garante es el propio beneficiario del sobregiro. Esta "red" cuenta, además, con la misma asesoría legal (Bufete Contreras, Chinchilla, Guzmán y Soler) y estos abogados, algunos, son, a su vez directivos de las empresas que la conforman.

Entre los directivos de las empresas de la red, es posible localizar varios grupos familiares (Fernando Contreras , su hermana y su cuñado, Guillermo Madriz de Mezerville; otro compuesto por Luis Fernando Chanto Carvajal, su esposa y su hermano; un tercer grupo con Oscar Cadet Fernández, su esposa e hija. El cuarto grupo lo forman las hermanas Marina y Zaida Martínez Castillo).

En el caso de los sobregiros vencidos que benefician a la "red de relaciones Contreras, Madriz, Chanto, Cadet", están presentes al menos cinco dirigentes y altos funcionarios públicos del PUSC: Carlos Hernán Robles Macaya, Gerente del BAC; Fernando Contreras López, Director del Banco de Costa Rica y del BICSA; Rina Contreras López, ex candidata a diputada en las últimas elecciones nacionales; el señor Madriz de Mezerville, ex Ministro de Obras Públicas y Transportes y Oscar Cadet Fernández, Director del Banco Nacional.

La mayor parte de las empresas no pagan impuestos ni aparecen inscritas en el Registro de Patronos de la CCSS, por lo que los sobregiros se aprobaron ilegalmente al no contar ninguna de ellas con el requisito cumplido de estar al día en sus obligaciones laborales para acceder a operaciones de crédito. 92

Las 15 empresas de la red tuvieron acceso a sobregiros por casi 280 millones de colones.

Empresas del Grupo Rodó Ortuño, Bufete Quirós Asociados

(Sobregiros vencidos al 3 de setiembre de 1994)

Las empresas del Grupo Rodó Ortuño está ligado al Bufete Quirós y Asociados, por muchos años el Bufete Fishman, Quirós y Asociados. 93 Este grupo abarca unas 19 empresas o personas físicas, un bufete de abogados, un alto funcionario del BAC, un director del BAC, un gerente de una subsidiaria del BAC, empresarios y sus familiares y empleados de las firmas involucradas.

Estas empresas tuvieron acceso a casi 229 millones de colones. Son: Compañía Naviera del Ártico S.A., constituida ante el Notario Daniel Aguilar González, quien fuera diputado del PUSC y notario externo del BAC durante la administración Calderón Fournier. Socios: Carlos Rodó Ortuño y su esposa Silvia Monge Puig. Sobregiro: más de 26 millones de colones, concedido sin garantía; Constructora Naval del Golfo S.A. mismos socios que la anterior más el señor Mohamed Ahmed N., constituida ante el Notario Rafael Quirós (Bufete Quirós y Asociados). Sobregiro: más de 36 millones de colones, sin garantía. Empresa constituida con un capital social de 100.000 colones. No tributa y es deudora de la CCSS como la anterior. Rafael Quirós ha sido miembro del Comité de Finanzas del grupo político del señor Fishman; Corporación Nayed Rodó S.A., constituida ante el Notario Rafael Quirós B. Sobregiro de más 5 millones de colones, sin garantía. No tributa ni cancela cuotas a la CCSS; Pizza Pizza Jacó S.A. Iguales características de la anterior. No aparece garantía; Pizza Nova S.A. Iguales características de la anterior y Pizza Pizza Colonial S.A. Las últimas empresas citadas (salvo Pizza Nova) se crearon el 25 de agosto de 1993 (junto a Pizza Cariari S.A.) con una hora de diferencia, ante el Notario Rafael Quirós E. Y así siguen otras: Pizza Pronto S.A. Esta, con Pizza Nova S. A. y Casa Noble se crearon el 26 de octubre de 1993, con una hora de diferencia y ante el Notario Rafael Quirós E. Pizza Más Centroamericana S.A., también ante el Notario Rafael Quirós, con garantía fiduciaria, letra de cambio, de Carlos Rodó y su esposa 94. No tributa; otras empresas: Informática Bahía S.A., (sin garantía); Casa Noble de San José S.A. (sin garantía); Crucero de las islas de la Bahía S.A. (sin garantía); Café Gourmet S.A. (sin garantía). El 15 de junio de 1992, esta empresa le otorga al señor Carlos Manuel González, relacionado con el PUSC, un Poder Generalísimo ante el Notario Juan Carlos Herrera Díaz (del Bufete Quirós y Asociados), posteriormente revocado al señor González Lizano (relacionado con el BAC, AVC Valores y Apoderado Generalísimo y Gerente de Café Gourmet S.A.) 95; Servicios Generales Bahía S.A., (sin garantía) ;Servicios Estructurales Navales S.A. (sin garantía); Financiamiento Agroindustrial de San José S.A. (sin garantía) y Carlos Rodó Ortuño (más de 41 millones, sin garantía).

Como tónica general, grave, se presenta la aprobación sistemática de sobregiros millonarios sin garantía, lo que supone un grave perjuicio para el BAC, al no asegurarse, ni siquiera de forma mínima, la recuperación de las erogaciones.

Empresas ligadas al Bufete Robles, Laclé y los sobregiros del Anglo

(Al 24 de agosto de 1994)

Uno de los socios principales de este Bufete es el Lic. Rolando Laclé Castro, reconocido político del PUSC.

Lo que a continuación se describe se dio durante el ejercicio de su función como Ministro de la Presidencia del Gobierno de Rafael A. Calderón Fournier 96.

Se incluye a un alto funcionario del BAC, un hijo de un directivo del BAC y hermano de un viceministro, un bufete, 2 directores de bancos estatales, dentro de unas 8 empresas, con acceso a casi 275 millones de colones.

Estas son: Grupo Burola S.A. (ante el Notario Manuel Ramírez C., del Bufete Robles Laclé). Aparece como abogado de la empresa Antonio Robles Aguilar, Director del Banco Central, nombrado en la administración Calderón Fournier, primo hermano de Carlos Hernán Robles, los dos miembros del Bufete Robles Laclé. No aparece garantía; Transportes Ramírez Castro S.A. (del Bufete Robles Laclé (garantía fiduciaria); Playa Aventura S.A., constituida ante Maribel Robles Macaya del Bufete Robles Laclé y hermana de Carlos Hernán Robles Macaya y Manuel E. Ramírez C., como agente residente con garantía fiduciaria del mismo; Inversiones Concart S.A.; aparece como abogado Juan J. Mata Centeno, Notario externo del BAC (garantía fiduciaria); Primarex S.A., constituida ante el Notario Eugenio Desanti H. de "Robles Laclé" (no aparece garantía); esta empresa le dio un crédito a la firma Criadero de Caballos Puros Romar S.A. por 100 mil dólares. Su apoderado es Carlos Hernán Robles Macaya. Sus directivos son: Cecilia Marquez Tabón (esposa de Carlos Hernán Robles), Hernán Robles Oreamuno (su padre) y Federico Robles Macaya (su hermano); creada ante el Notario Bernal Feyth Escalante, Director del Departamento Legal del BAC; Almacenadora del Norte S.A., cuyos socios son José Joaquín Jiménez Méndez (Director del Banco Nacional por el PUSC) y Marvin Salazar Villalobos, hijo del ex Director del BAC y hermano del Vice Ministro del MOPT, en la administración anterior; como directivo aparece Juan Antonio Robles Aguilar; Aviomar Internacional S.A. (aparece entre los directivos Casimiro Medrano Avellán, también de la anterior); Aviomar S.A. también con similares características.

Las empresas favorecidas están ligadas al Bufete Robles Laclé. Los sobregiros aparecen aprobados en la casi totalidad por Carlos Hernán Robles Macaya.

De igual forma, el señor José Joaquín Jiménez Méndez, Director del Banco Nacional del año 90 hasta el mes de agosto de 1995, en su comparecencia ante la Comisión, opina que no tiene ningún inconveniente el que un director de un banco del Estado solicite créditos a otro banco.

Fue fundador de la empresa "Almacenadora del Norte S.A.," la cual ya "vendió" en mayo del 95, dueño de "Condominio de Brito S.A.", "Inversiones Marilia S.A.", y dirige la empresa constructora "Luis Paulino Jiménez."

En alguna ocasión sirvió de garante a la empresa Proveedores Hoteleros S.A. propiedad de Arnoldo Aguilar Quesada y al señor Aguilar, siendo director del Banco Nacional.

La empresa Almacenadora del Norte S.A." adquirió créditos y se favoreció con sobregiros en el BAC. En ese tiempo el señor Edwin Salazar era accionista de Almacenadora y es hijo del Sr. Edwin Salazar Arroyo, directivo a la sazón, del BAC.

La venta de las empresas del Sr. Jiménez Méndez ha estado rodeada de circunstancias extrañas. Extrañas por cuanto no recordaba a quién había vendido, porque el "adquirente" asumía todas las deudas -millonarias hay que decir- en un negocio que no daba ventaja alguna, porque se utilizó a personas que prestaron su nombre momentáneamente para figurar como dueños, todo lo cual escondía quizá una simple simulación.

A ello hay que agregar que las empresas citadas mantuvieron, y aun mantienen, sobregiros irregulares con el BAC.

El Lic. Raúl Carvajal F. abogado, fue quien efectúo el traspaso de las acciones que don José Joaquín poseía de "Almacenadora del Norte"97 porque, según dijo, don José Joaquín no deseaba continuar con el negocio de Almacén Fiscal, intención que venía manifestando desde enero de 1994. Se contactó a un grupo de inversionistas interesados en la compra, por pedírselo así don José Joaquín. El negocio se realizó el 1º de mayo de 1995 (el traspaso) pero no al citado grupo de inversionistas, sino, y transitoriamente, al señor Luis Fernando Villalta. Interviene aquí otra persona: el Sr. Marco Ney Castro, consultor contratado por el Lic. Carvajal para llevar a cabo un estudio de Almacenadora del Norte, y manejar el citado traspaso. (estudios de factibilidad, viabilidad de la empresa). Igualmente, en el contrato de asesoría se faculta al Sr. Castro para ser depositario de las acciones "mientras se consolida el grupo de inversionistas", pues ni siquiera tenían empresas en Costa Rica y cabría la posibilidad de atraer a otras personas98.

El señor Castro es, entonces, quien contacta con el Sr. Villalta para "pedirle el favor" de poner a su nombre las acciones. ¿Porqué si se le daba facultad al Sr. Castro para aparecer como depositario de las acciones se ponen finalmente a nombre del Sr. Villalta?. Esto según el Sr. Carvajal, es cosa del Sr. Castro. El Sr. Villalta lo conoció cuando se realiza la transacción al ir al lugar donde aquél tiene su negocio. Posteriormente las acciones se traspasaron a un grupo de inversionistas.

Pero si el traspaso al Sr. Villalta se hace el 1º de mayo, es el 5 de ese mes que el Lic. Carvajal, según dice, "ante la inercia" del Sr. Castro de cumplir con su labor de consultoría, le pide a éste que se haga el traspaso a la "nueva compañía"99.

El señor Jiménez "vendió" sus empresas y él adquiriente, al parecer, asumió todas las deudas, por lo que aquél se liberó del débito a favor del Banco.

No obstante, de las indagaciones de la Comisión Legislativa se ha podido determinar que la tal venta no ha sido tan transparente. En efecto, el señor Jiménez consultó con el abogado Lic. Raúl Carvajal Fernández para efectos de buscar quién estuviera interesado en comprar las empresas. El señor Carvajal fungía, en ese entonces, como abogado de "Almacenadora del Norte".

Finalmente se hizo un traspaso al señor Luis Fernando Villalta, quien fue contactado por el señor Marco Ney Castro, al que el Lic. Carvajal había encargado un trabajo de consultoría.

La relación es: José Joaquín Jiménez, Raúl Carvajal Fernández, Marco Ney Castro, Luis Fernando Villalta. ¿Por qué para vender una empresa, se coloca por corto tiempo a un tercero como depositario de sus acciones y éste a su vez busca a otra persona?

Lo curioso es que mientras el dueño era don José Joaquín, el BAC negó todo acceso a arreglos de pago, pero una vez que las empresas cambiaron de dueño, el camino se allanó. 100

Curioso también es que al comparecer el señor Jiménez, dijo que vendió Almacenadora del Norte a un grupo representado por don Fernando Villalta, pero éste último niega representar a algún grupo y dice haber sido escogido por el señor Castro para fungir momentáneamente como "dueño", cosa que aceptó por hacerle un favor.101

La labor del señor Villalta dura poco, pues a los pocos días se opera un nuevo traspaso de acciones a la compañía adquiriente.

El señor Ernesto Parada Aguirre aparece después del señor Castro. Fue contactado por el Lic. Carvajal para que realizara un estudio de la situación financiera de Almacenadora del Norte (mayo de 1995), pero fungió como Presidente con recargo de funciones como Gerente en la empresa. Eso fue en agosto de 1995. Es decir, que sucedió al señor Villalta en el cargo de Presidente y en su comparecencia ante la Comisión Legislativa afirmó que no halló ningún documento que revelara el ejercicio de tal cargo por el señor Villalta. 102

Tampoco este señor -Parada Aguirre- revela, si es que los conoce, los nombres de los accionistas de Almacenadora del Norte.

Nadie sabe quién compró, o, mejor dicho, nadie quiere decir quién compró. Toda esta negociación tiene evidentes signos de simulación. Esta idea adquiere firmeza con las manifestaciones del señor Luis Fernando Villalta Gólcher ante la Comisión Legislativa.

Ni siquiera conocía al señor Jiménez Méndez. Ni compró, ni es dueño de ninguna empresa. 103 Sencillamente se prestó, por hacerle un favor al señor Marco Ney Castro, para aparecer como Presidente de "Almacenadora del Norte", "mientras se acomodaba la Junta Directiva", pero nunca como comprador de sus acciones. 104

Luego firma otro documento renunciando a esa Presidencia. Todo ello ocurrió a partir del mes de mayo de 1995.

Por ese "favor" el Sr. Villalta G., no recibió ninguna contraprestación y lo hizo sin medir las consecuencias de ese acto, de buena fe. Ni siquiera conoció las instalaciones de Almacenadora del Norte.

Lo que importaba era traspasarla o hacer que pareciera un traspaso.

Incluso, el Sr. Marco Ney Castro, en su comparecencia ante la Comisión Legislativa, señaló que el Lic. Carvajal le dijo: "...Nada más que usted en la evaluación diga: la empresa tiene capacidad de pago..." 105, cuando le explicó en qué debía consistir su trabajo.

Su contrato, sin embargo, le otorgaba atribuciones que iban más allá de las de simple consultor, ya que se le facultaba para asumir la representación de Almacenadora del Norte y ser el depositario de las acciones "mientras se consolida el grupo de inversionistas" 106.

Es decir, se busca a alguien para que ejerza funciones de consultor y en el contrato, además, se le confieren, entre otras cosas, poderes de representación.

Para complicar más las cosas, el Sr. Castro busca a otra persona más, el Sr. Villalta Gólcher para que por muy poco tiempo haga de Presidente 107,

El Lic. Raúl Carvajal actuó como representante de Almacenadora del Norte S.A. sin que nunca demostrara documentalmente esa condición.

Las acciones se cedieron todas, ya que las que había en poder de algún otro socio (por ejemplo Marvin Salazar) se le endosaron a don José Joaquín Jiménez Méndez.

Las deudas de esta empresa están vigentes, y las propuestas de arreglo de pago dirigidas al Departamento de Cobro del Banco, la última de fecha 3 de marzo de 1995, no han sido aceptadas.

En cuanto a las operaciones crediticias de sus empresas, ya mencionadas, fueron planteadas ante el Departamento de crédito del banco, el que trasladaba en algunas ocasiones las solicitudes a la gerencia, en consideración a los montos de los créditos.

Actualmente y por la venta de las empresas, dice no tener ninguna operación vigente con el BAC.

Hay que decir que al momento de la venta los créditos estaban atrasados. Estos, más aquellos en los cuales sirvió de fiador, suman 497 millones de colones108, pero alega que la falta de pago se debió a problemas derivados de la intervención del BAC.

Una situación muy irregular que ocasionó incluso una investigación para la Sra. Lilliana Cob Saborío y en la que ella niega negligencia de su parte y más bien falsificación de su letra y rúbrica, fue la del sobregiro del 3 de febrero de 1994, por un millón de colones, que resultó de 25 millones.

Sorpresivamente, el Sr. Jiménez M. en su comparecencia, dice, sin embargo, que él sí solicitó los 24 millones en nota (que quedó por presentar a la Comisión). No se trata de un error, afirma. El pidió una facilidad de crédito en la cuenta corriente por esos 25 millones, no por un millón y alega que eso está comprobado por la AGEF.

Los sobregiros llegaron a alcanzar la cifra de 49 millones de colones. Aparecen como fiadores recíprocos los señores J. J. Jiménez Méndez y Casimiro

Medrano Avellán, propietario de "Aviomar" (y cliente del Banco Nacional) 109 en operaciones del BAC, con deudas millonarias actualmente.

El señor Jiménez Méndez afronta una acusación por irregularidades con respecto a los sobregiros con que se favorecieron sus empresas.

En este tema de los sobregiros, al parecer, como en otros importantes y determinantes de las pérdidas millonarias del BAC, la Junta Directiva, se dice, tampoco tenía conocimiento real y oportuno del estado de estos.110

Conforme a los estados auditados presentados a la Junta Directiva en marzo y abril de 1994, no se expresa ninguna situación anómala respecto a los sobregiros.

Tampoco la AGEF había informado al BAC sobre alguna irregularidad. Era gestión de la administración aprobar las operaciones crediticias, concretamente, los sobregiros. Y ello parecer ser lo que mantenía a la Junta Directiva al margen de las mismas. Sin embargo, ello no justifica ni es base para que se alegue ahora total desconocimiento de la situación crediticia del Banco.

Otra irregularidad en torno al tema de los sobregiros es el relativo a la compra por parte del Sr. Carlos Hernán Robles Macaya en nombre del BAC, de una pantalla para efectos publicitarios, cuyo valor se destinó, indebidamente, a cubrir el saldo de unos sobregiros que con ese Banco mantenía el Sr. Ángel Castillo R.

Si bien conforme a la AGEF No. 48-93, "en materia de contratación administrativa, cualquiera que sea la naturaleza de ésta, los bancos estatales quedan autorizados para contratar en forma directa hasta la suma de diez millones quinientos mil colones...", el Reglamento de Gastos, Inversiones y Proveeduría del BAC, en sus artículos 11, 12 y 15, limitan las facultades del Gerente General al 50% del monto permitido por la AGEF, como lo precisan los informes de Auditoría del BAC al señalar que la suma que podía erogarse era entonces de 5.250.000 colones. 111

Según la acusación planteada contra el Sr. Robles Macaya, se dice que este recibió una oferta de venta de una pantalla electrónica suscrita por el Sr. Bagnarello González (ofendido), a la sazón Jefe de Crédito y de la Sección Legal de la Corporación Euro Club S.A.

En dicha oferta se especificaba un precio de diez millones de colones.

El Sr. Carlos Hernán Robles, contraviniendo las disposiciones legales citadas que regulan la contratación directa, autorizó el giro de ese monto para la cancelación de la pantalla, dando su visto bueno 112. El cheque se confeccionó a nombre del Sr. Bagnarello (quien firmó la oferta de venta a solicitud del coimputado Castillo) y es retirado por persona distinta al Sr. Bagnarello, falsificando su endoso y, finalmente, es utilizado, con pleno conocimiento del Sr. Castillo, en la cancelación de varias operaciones de sobregiros que tenían con el BAC, pues como el mismo Sr. Castillo reconoce, la pantalla pertenecía a una de sus empresas.

Otro grupo de empresas favorecidas con sobregiros millonarios son aquellas propiedad del Sr. Fernando Chanto Carvajal.

Se le relaciona con 17 sobregiros y 15 operaciones de crédito, para un total de ¢1.362.521.561.26.

Además, y según un Informe de la Junta Liquidadora del BAC 113, estas obligaciones han sido desatendidas en el pago de intereses y amortizaciones vencidas. Al tiempo del Informe no se había llegado a ningún arreglo satisfactorio y conforme a las políticas de cobro vigentes.

Más de 300 millones de colones otorgados se destinaron a cancelar sobregiros concedidos tiempo atrás, lo que muestra la pésima atención del cliente a sus obligaciones, sin mencionar la dificultad para su localización.

En criterio de la Junta Liquidadora, los argumentos del Sr. Chanto Carvajal en torno a su diligencia y buena disposición para hacer frente a sus deudas con el BAC no son convenientes y más bien, queda demostrado que no se interesa en evitar el deterioro de su situación crediticia y ha debido recurrirse a la vía judicial, una vez agotada toda posibilidad de arreglo extrajudicial.

En la línea de parentesco, está el Sr. Bernardo Macaya Trejos, por partida doble, ya que tiene nexos familiares con el Sr. Trejos Cadaval y con el Sr. Carlos Hernán Robles Macaya.

Es socio de la empresa Hipódromo y Campo Hípico y ocupó el cargo de Vicepresidente Ejecutivo 114.

Para el desarrollo del Hipódromo se contó con el financiamiento bancario (del BAC) en un 25% (unos 190 millones de colones).

Las operaciones ante el Banco Anglo las gestionó él mismo en compañía de algún personero del grupo mexicano.

La Junta Directiva aprobó, por unanimidad, un crédito por ciento cuarenta millones setecientos sesenta mil colones y un sobregiro por cincuenta millones. Como garantías, el crédito se apoyó en las acciones del Hipódromo, que en su totalidad se depositaron en el Banco. El sobregiro, en el remanente de las acciones y una fianza personal.

Del sobregiro, se adelantaron 30 millones, y los 20 restantes se giraron cuando el sobregiro se formalizó totalmente. Ese primer desembolso lo aprobó directamente el Sr. Carlos Hernán Robles Macaya 115.

Según informó el Sr. Macaya en su comparecencia ante la Comisión Legislativa 116 tanto el crédito como el sobregiro están cancelados.

También obtuvo un sobregiro, en lo personal, en el 93, autorizado por el Sr. Carlos Hernán Robles Macaya por 12 millones de colones. Esa operación, según dijo, está al día.

Ante preguntas de si su parentesco con los señores Trejos Cadaval y Robles Macaya, facilitó la concesión de créditos y sobregiros, como otros, contestó que no, que se otorgaron las debidas garantías 117.

El Sr. Mario Quintana Musmani tiene 4 sobregiros con el BAC, dos a nombre de una compañía a la que representa, y dos a su nombre, "sin que ninguno de ellos se haya obtenido con el propósito de financiar actividades políticas" 118.

Los sobregiros se tramitaron personalmente con don Carlos Hernán Robles Macaya y con Edwin Aguilar y se ofrecieron garantías fiduciarias. Actualmente, según declaró el Sr. Musmani, todos los sobregiros están cancelados. Hay que decir que le fueron concedidos en una semana o quince días. No obstante, negó que su relación con el PUSC le allanara el camino para su obtención 119.

Con respecto al señor Alfredo Peralta Volio, éste representa a un grupo de empresas que opera en el sector forestal. Las empresas MERCAFOR Nacional y Maderas El Labrador obtuvieron 50 millones y a título personal recibió 20 millones.

Según explicó en su comparecencia ante la Comisión Legislativa, se prefiere el sobregiro al crédito a largo plazo, por ser más expedita su obtención.

Para estos sobregiros se utilizó la garantía fiduciaria, en contra del recurso a garantía de mayor sustento y su autorización la giró directamente el señor Carlos Hernán Robles Macaya, 120 si bien las solicitudes formales pasaron por la Comisión de Crédito.

Estos sobregiros están sin cancelar y los intereses acumulados ascienden a millones de colones, con el agravante de que la ley del proceso de intervención suspende el pago de intereses por el período que la empresa esté intervenida, ley a la que se acogió el señor Peralta.

Sobregiros concedidos, como se lee, hay muchos y el común denominador es el incumplimiento de los procedimientos que corresponden a las operaciones de crédito la falta de garantías reales que cubran el riesgo de cancelación de los mismos. Tal y como ocurrió también en el caso del sobregiro en que aparece como fiador el señor Fabio Chaves Guzmán, quien ha pertenecido a la Junta Directiva del Banco de Costa Rica desde hace algunos años y ha participado en la Junta Directiva de BICSA.

La operación más grande es la de Embutidos JEFA a la que se otorgaron 80 millones.

Sin embargo, se están realizando pagos mensuales 121.

El señor Chaves Guzmán, además de su relación bancaria, ha participado en política; sin embargo aseguró que ni lo uno ni lo otro fue utilizado para la obtención de sobregiros 122.

B. Fundamento del "sobregiro". Criterio del BAC, de la AGEF y de la Contraloría General de la República.

De acuerdo al Reglamento "Sobregiros autorizados en cuenta corriente", emitido por el Banco Anglo Costarricense y aprobado por la Junta Directiva en sesiones del 3 de abril y del 12 de diciembre de 1990, el señor Gerente General y los señores subgerentes tendrán la facultad exclusiva de conceder sobregiros informales (entiéndase "sin documentar") a cubrirse en plazos muy cortos (ocho días naturales) a determinados clientes muy calificados que así lo soliciten.

En criterio de la AGEF (DAJ-054-92 del 27 de abril de 1992), 123 el sobregiro no autorizado es aquel que "desde el punto de vista del Banco, se da por accidente", debiendo entenderse por ello que, aun contando con controles eficientes, involuntariamente sucede el sobregiro y que, por lo tanto, debe ser de cobro inmediato y con las prevenciones del caso al cuentacorrentista respecto al posible cierre de su cuenta corriente".

La consulta dirigida a la AGEF estaba orientada a recabar el criterio de esta entidad sobre el fundamento jurídico de la facultad del Gerente y Subgerentes para conceder sobregiros informales, pero la respuesta obvió tal pretensión y se limitó a definir el sobregiro no autorizado.

Por esa razón, el señor Gómez Villegas dirige al Banco Central, el 14 de mayo de 1992, para su conocimiento, la documentación acerca de los sobregiros, entidad bancaria que, a su vez, la cursa a la AGEF para su estudio.

Esta vez, (AGEF-568-92, del 6 de julio), el señor Ricardo Mata Arias, Auditor General, le hace llegar al señor Gómez el dictamen legal sobre el ya citado reglamento "Sobregiros autorizados en cuenta corriente", emitido por el Departamento de Asesoría Jurídica de la AGEF.

El dictamen principia con una pregunta: si tal Reglamento, en su artículo 4 (que es el que autoriza la concesión de sobregiros informales), se encuentra ajustado a la normativa mercantil. La AGEF concluye que sí 124. Que el artículo 619 del Código de Comercio permite en Costa Rica la existencia de los sobregiros, sin detallar las formalidades que deben regir su otorgamiento.

Además señala que la atribución otorgada mediante reglamento al gerente y subgerente de un banco estatal de autorizar sobregiros sin documentar, deben reputarse como una función propia de una típica operación bancaria dentro del giro normal de toda entidad de este tipo.

Eso sí, tales sobregiros deben realizarse dentro del más estricto cuidado y como producto de una sana administración de los fondos de los bancos, y la tan citada atribución de conceder sobregiros sin garantía, debe realizarse única y exclusivamente como excepción a la mejor conveniencia para el Banco y en acato de las disposiciones reglamentarias.

No satisfecho con el criterio de la AGEF, el señor Gómez Villegas eleva consulta, esta vez, ante la Contraloría General de la República en nota del 29 de julio de 1992. Finalmente, en oficio del 30 de octubre de 1992, la Contraloría sienta el criterio de que no existe fundamento legal que respalde el contenido de los artículos 4 y 5 in fine del Reglamento en comentario.

La Contraloría sostiene que el término "sobregiro" debería reservarse a los casos en que se giran sumas de dinero sin que haya suficiente provisión de fondos y no cuando un banco previamente otorga un "crédito" al cuentacorrentista, pues jurídicamente este es un medio para lograr la disponibilidad de fondos de la cuenta corriente. Es de lógica concluir, además, que si los bancos deben tener precauciones cuando reciben dinero, mayores habrán de ser cuando ponen a disposición de los clientes ciertas sumas para girar contra ellas.

Resulta, por tanto, un contrasentido, que la apertura de un crédito para dar disponibilidad presupuestaria a una cuenta corriente se lleve a cabo sin ninguna constancia escrita. No es suficiente argüir razones de inmediata necesidad, celeridad y urgencia. Siempre habrá de cubrirse la necesaria documentación que al menos permita dejar constancia y eventual verificación, para efectos de control, de los elementos principales del acto en protección del crédito con una garantía a satisfacción .

En todo caso, el Código de Comercio no es la única fuente jurídica de regulación de la actividad de los bancos comerciales del Estado. Los bancos están obligados a cumplir la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, (ejemplo artículo 66 que prevé que los "créditos" (usando la misma terminología del Código de Comercio y sin hacer distinción o exclusión respecto de los que sirvan para crear disponibilidad de fondos en una cuenta corriente) deben ser asegurados con garantías que a juicio de los bancos comerciales sean satisfactorias. Por tanto, no hay razón válida para que, reglamentariamente, se exima de ese requisito a los créditos otorgados en favor de cuentacorrentistas "muy calificados".

C- CRÉDITOS OTORGADOS POR EL BANCO

La actuación del BAC en cuanto al otorgamiento de créditos fue ciertamente irregular, comparada con los parámetros establecidos por la reglamentación vigente al momento de su otorgamiento 125.

Así, de una revisión que efectuó la AGEF sobre una muestra de deudores nuevos cuyo crédito fue concedido por el Banco durante el año 1993, de 61 deudores, que sumaban ¢ 2.574.790 miles se RECLASIFICARON 21 126. Inclusive un deudor con un saldo de ¢ 28.856 miles, no clasificado por el Banco, se considera como categoría E 127.

Se observan sobregiros no autorizados por ¢1.188.296 miles.

La AGEF recomienda al BAC, para evitar las reclasificaciones, que antes de aprobar los créditos se hagan los estudios pertinentes que aseguren la recuperabilidad de los mismos, así como darle un seguimiento minucioso y permanente a la cartera bananera, principal causante del incremento en la morosidad.

Otro problema detectado es la mala práctica de prórroga o renovación constante de sobregiros en cuenta corriente, recomendándose la transformación de éstos en líneas de crédito o créditos de capital de trabajo.

La mayoría de las garantías reales de los créditos están constituidas por cédulas hipotecarias. En criterio de la AGEF este tipo de garantía presenta debilidades128 y por ello recomienda al BAC establecer políticas claras y por escrito para su aceptación.

Se observaron operaciones de crédito con más de 60 días de atraso y sin que exista un historial que incluya las gestiones administrativas efectuadas por los funcionarios del Banco y los compromisos aceptados por el deudor.

Los análisis financieros que sí se hicieron, resultan superficiales, poco objetivos, incoherentes y con vagas conclusiones129.

Las autorizaciones de sobregiros, según el informe de la AGEF, fueron tramitadas directamente por la Gerencia o la Sub-Gerencia, sin documentarlos.130

Las irregularidades en torno a la concesión de créditos se suceden una tras otra.

El 29 de octubre de 1993 (AU-309/93), el señor Auditor General, Lic. Edwin Corella Rojas, presenta a la Junta Directiva un Informe titulado "Cumplimiento del Art. Nº 8 de la Sesión Nº 40-5/93 del 17 -05-93, estudio sobre los créditos otorgados a Botica Francesa S. A" 131.

Llama la atención la sustitución que realizó el Sr. Edwin Aguilar Mojica, Sub-Gerente de Crédito, de la garantía real (cédula hipotecaria de 6º grado por 25 millones de colones) por cheque de ¢30 millones de Botica Francesa S.A., por cuanto no ha sido política de la institución hacer esta clase de sustituciones. Un cheque sin certificar difícilmente puede constituir una garantía. Incluso el banco podría constituirse en cómplice ante un libramiento de cheque sin fondos (Art. 818 Código de Comercio.)

A la fecha de la sustitución, el Sr. Aguilar Mojica estaba facultado para aprobar créditos hasta por 15 millones de colones, según el Art. 18 de Sesión Nº 22 del 16 de marzo de 1992, por lo que es evidente que se excedió en sus facultades y autorizó un cambio en la garantía debilitándola, acto irregular. Debió informar oportunamente a la Junta Directiva de la situación de ese crédito.

El propio Sr. Corella hace ver a los señores Directores que el control interno para el manejo de garantías recibidas requiere su pronta intervención a efecto de que se establezcan los procedimientos y controles adecuados, que permitan un seguimiento de las operaciones y así evitar prescripciones o vencimientos.

El banco debió exigir la inmediata cancelación del crédito concedido con esa garantía. Sin embargo, no se tomaron acciones para corregirla.

Normalmente, todo crédito antes de ser concedido debe contar con un informe técnico de la Sub-gerencia de Crédito (de una de sus dependencias) en el cual se deben exponer, desde la solicitud para su otorgamiento y garantías, hasta sus posibilidades de recuperación132.

El señor Calixto Chaves ha sido otro de los favorecidos con créditos y sobregiros cuantiosos por parte del BAC. 133

Su relación con el Banco Anglo data de muchos años atrás. Más recientemente, relata, recibió una visita de los señores Trejos Cadaval, Carlos Hernán Robles y Manfred Amrheim para intentar atraerle de nuevo al Banco. A partir de entonces, se hicieron diferentes operaciones.

Como todos los que han solicitado créditos o sobregiros, aseguran que todos ellos están respaldados con suficientes garantías, en algún caso, de hasta seis veces el monto del crédito 134.

Solicitó un crédito de seis millones de dólares el cual excedía el límite de crédito .

Los trámites se iniciaron a nivel de Gerencia y algunos miembros de la Junta Directiva del BAC. El préstamo fue finalmente aprobado por la Junta Directiva de AVC Valores.

A la pregunta de porqué se canalizó a través de AVC y no directamente por el BAC, respondió que aquélla era "más flexible y más ágil en otorgar los créditos " 135. No se sometieron a leyes, reglamentos y disposiciones de la AGEF vigentes para los Bancos del Estado.

Los fondos concedidos fueron desembolsados por partes, a través de transferencias a diferentes cuentas.

Aquí también intervino Arriana Trading and Finance a través de un cheque para el pago de la comisión por el préstamo que la parte deudora endosó a ATF (550 mil dólares). Mariano López, en calidad de Gerente de AVC -según dijo el señor Chaves- le entregó el cheque. Él lo endosó y en el mismo acto se le devolvió al señor López 136.

El señor Mariano López, sin embargo, niega que la comisión la recibiera ATF. Insiste en que "se la ganó AVC" 137. La relación con ATF se debió a que como AVC no tenía fondos, ni siquiera cuenta en dólares, le pide prestado a ATF para que le gire a AVC y ésta al señor Chaves Zamora, con un cheque en el que, según dice el señor Mariano López, el endoso es a AVC, no a ATF 138. ATF no recibió nada "por ese favor" Procedimiento que no está tipificado en la ley de Bancos.

Posteriormente a su comparecencia, el señor Calixto Chaves remite una nota a la Comisión Investigadora aclarando su deposición y en ella dice que endosó un cheque "EN BLANCO" 139: "Al haber realizado un endoso en blanco del primer cheque, no me consta a favor de quién se acreditó el mismo...solicito....que se haga la aclaración correspondiente".

Según lo anterior, AVC simplemente le devuelve a ATF lo prestado.

Pero hay un segundo cheque, de veintisiete mil quinientos dólares, que sí fue girado por ATF a favor de Calixto Chaves. Según don Mariano, porque había fondos de AVC en ATF y AVC los pide a ATF 140.

Actualmente, las deudas del señor Chaves Zamora, de las más altas con el BAC, se encuentran sin cancelar. El crédito inicial de cinco millones y medio de dólares se incrementó, después, a seis millones cincuenta mil dólares, documentado mediante vale de prenda No. 886-47 y sus papeles de oficio, adheridos, emitidos por AVC el 18 de agosto de 1993 y con vencimiento el día 6 de junio de 1994. Los desembolsos se sucedieron del 5 de agosto de 1993 hasta el 29 de setiembre de 1993. El informe AGEF-93 determina que ATF cancela aproximadamente $ 5.9 millones para cancelar los certificados de inversión del préstamo a Calixto Chaves.

Durante el período de intervención del BAC el préstamo se prorrogó del 6 de junio de 1994 al 6 de agosto de 1994, fecha esta última en la que venció 141.

Al 30 de junio de 1995, la deuda ascendía a más de 7 millones de dólares. (Posteriormente el Señor Chávez presentó ante Tribunales una solicitud de administración por intervención judicial, la cual en principio se le rechazó por lo que recurrió a la Sala Constitucional, no pretendiendo el no pago de intereses durante tres años).

Si irregular ha sido el manejo de la cartera crediticia, hay que agregar a ello una práctica más, contraria a las disposiciones que rigen la materia bancaria.

En efecto, se trata del abono de sobregiros "en especie"; es decir, con servicios y no con dinero.

Es el caso de la señora Arlene Lutz Vargas, quien en su comparecencia ante la Comisión Investigadora 142, admitió haber pagado montos diversos de las deudas que aún tiene con el BAC, con los servicios de "catering" prestados a la Institución, cuyas facturas se aplicaban al capital debido.

Los montos de éstas eran altos (normalmente superiores a los 150 mil colones) y alguna vez, en un solo día, se superaba el medio millón de colones 143.

Ella sugirió al Banco la prestación de servicios de alimentación, para así ir pagando las operaciones que tenía con él, dado que su negocio de restaurante no funcionaba bien.

Las operaciones con el BAC son 3: un sobregiro por un millón de colones, aproximadamente. Otra que llegó a ascender a 15 millones de colones y una última de alrededor de 4 millones. El dinero se destinó a la compra de equipo y menaje para el restaurante. Están aún pendientes de cancelación 144. Se hicieron pagos en dinero sobre esas deudas, al ir mal el negocio del restaurante, se iba pagando con el servicio de comidas. Incluso, se abonaron intereses sobre las deudas con ello 145. Por tanto, ella no recibía pago alguno en efectivo por su trabajo, sino que la cantidad a pagar se aplicaba a las operaciones que tenía en el Banco.

Una vez que el señor Carlos Hernán Robles deja de ser Gerente del BAC, y cambia la Junta Directiva sus deudas entran en mora, porque obviamente, la Interventoría no acepta esa forma de pago.

Todos los servicios se prestaron en las instalaciones del BAC, salvo en una ocasión que, cree recordar, se llevó a AVC 146.

En la larga lista de personas a las que el BAC concedió crédito bajo la forma del "sobregiro", aparece el señor Oscar Cadet Fernández.

Los dos sobregiros aún sin cancelar, por un monto de cinco millones de colones, cada uno, datan de 1993. Como el resto de los deudores, mantiene una voluntad de cancelar la deuda, no obstante estar pasando por problemas financieros 147.

Una vez más, la garantía de estos sobregiros no es la adecuada: dos letras de cambio por 5 millones de colones cada una.

Su relación con el señor Chanto Carvajal, a quien le une una sólida amistad, lo ha llevado a servirle de fiador en sobregiros de aquél en el BAC, bajo el acuerdo de que dicha garantía personal sería sustituida, en breve, por garantías reales (sobre bienes del propio señor Chanto) y a nombrarlo gerente general en la empresa Cadet Fernández S.A. 148.

También se da la circunstancia de que desde el año 90 al 98 fue nombrado Director del Banco Nacional, si bien fue suspendido.

Restituido en su puesto, renunció 149.

Algo similar se dio con el Lic. Fernando Contreras López, actual directivo del Banco de Costa Rica y abogado corporativo. Como este último, mantiene sociedades anónimas en cartera, constituidas con personal del Bufete, para clientes especiales, de toda su confianza, por lo que su intervención en ellas se reduce a formar quórum, pero sin poder alguno.

Conoció al señor Chanto por unos clientes ("Felucos Herrera") que iban a adquirir el tajo "Hermanos Ramírez Crespo".

Así, el señor Chanto solicitó sus servicios profesionales y en el uso de sociedades, el señor Contreras pasó a formar parte de la junta directiva de Concretico 150.

El señor Chanto se convirtió en un cliente asiduo del Bufete y solicitó más sociedades, para poner a su nombre fincas aptas para banano. Cuando alguien compraba la finca, se cedían las acciones de la sociedad y esta salía del control del Bufete -como señaló el señor Contreras- 151.

Y como explicó, a lo dicho se limitaba su relación con el señor Chanto. Desconocía el fin que este daba a las sociedades que adquiría, por lo que una vez que salió a la luz el asunto del Banco Anglo y el uso que se daba a las sociedades, su Bufete rompió con el señor Chanto. Simplemente no asumen ninguna relación con sociedades ligadas a préstamos.

Una vez más se establece la relación "director de banco y obtención de créditos y sobregiros", pero también, una vez más, como el resto de los comparecientes preguntados sobre ello, el señor Contreras negó que su situación como directivo de un banco del Estado favoreciera de alguna manera al señor Chanto, al aparecer como agente residente de alguna de sus sociedades, para obtener créditos y sobregiros en el BAC .152

Notas