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| Viernes 20 de agosto de 1999 |
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Sus DerechosIndependencia, participación, cuidados, satisfacción propia y dignidad Jorge Hidalgo
Hacia una sociedad para todas las edades es el lema para 1999. Las Naciones Unidas, en la Asamblea General del 16 de diciembre de 1991, en la resolución número 46, adoptaron los Principios de las Naciones Unidas para los adultos mayores, que están divididos en cinco grandes temas: la independencia, la participación, los cuidados, la satisfacción propia y la dignidad. IndependenciaUno de los derechos que se deben contemplar es la participación del individuo en las decisiones relacionadas con su incorporación al mundo del trabajo, así como de su jubilación o retiro de la fuerza laboral. A un individuo no se le debe obligar a retirarse de la fuerza de trabajo si no lo desea. Deben tener garantizado su derecho de acceso a los programas educativos y de capacitación para mantenerse actualizados en relación con el desarrollo de nuevas tecnologías y nuevos conocimientos. Otro derecho que tienen los envejecidos es el de poder adaptar su entorno a sus necesidades cambiantes y a sus nuevas preferencias. Sin ningún poder social, de hacer valer la satisfacción de sus necesidades y sus preferencias, el ser humano se siente marginado e impotente. El ser humano tiene derecho a seguir viviendo en su hogar durante todo el tiempo que le sea posible. Ningún ser humano debería ser expulsado de su hogar por razones del envejecimiento ParticipaciónTiene derecho la persona envejecida a seguir siendo un miembro pleno de comunidad y a disfrutar de los bienes, servicios y beneficios que se le otorgan a otros miembros de la sociedad como resultado de un esfuerzo patrimonial colectivo. CuidadosLos viejos tienen derecho a recibir protección de la familia y de la comunidad de acuerdo con los valores sociales y culturales propios de cada sociedad. En Costa Rica, uno de los derechos más fundamentales de los viejos es al usufructo de los bienes que han producido por medio del esfuerzo de su propio trabajo, sus bienes patrimoniales. Nadie tiene derecho a privar a otro de sus bienes. Los hijos no tienen derecho de privar a los padres de los bienes, solo porque los primeros codician en heredar los bienes de los últimos. Privar a un anciano que ha perdido la lucidez de sus bienes, es uno de los actos más desdeñables de nuestro sistema de valores, reprochable a todas luces. Los viejos deben tener acceso a los servicios de salud. Satisfacción propiaLos seres humanos tienen el derecho a buscar las oportunidades para manifestar el pleno desarrollo de sus capacidades y potencialidades. Porque una persona llegue a la edad de 60 años no se debe pensar que está acabada. Al contrario, todavía tiene mucho que ofrecer y muchas metas por lograr. Los adultos mayores tienen derecho al desarrollo educativo continuo, a participar de las actividades culturales y recreativas que se brindan en forma colectiva en una sociedad. DignidadLos envejecidos tienen derecho, igual que cualquier otro ser humano, a vivir con dignidad y sentirse seguros, libres de toda explotación, maltrato y del abuso físico y mental. Los seres humanos tienen derecho a ser tratados en forma justa, sin reparos de su edad, género, origen racial o étnico, sus limitaciones funcionales o cualquier otro status y, sobre todo, los seres humanos tienen derecho a ser valorados por sí mismos y no por su condición económica.
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