La Sala IV resolvió que es la propia Asamblea Legislativa y no el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) el que debe determinar las sanciones para los diputados, incluido el retiro de credenciales.
Los magistrados determinaron que no es el TSE la instancia indicada para determinar que un diputado deje su curul por haber incumplido con alguna ley. Esta facultad corresponde al Congreso.
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Lo anterior con base en la sentencia Res. N° 2008-18564, enviada ayer al TSE y con la cual declara sin lugar una acción de inconstitucionalidad del diputado liberacionista Fernando Sánchez contra la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.
Con su pronunciamiento, los magistrados liberan al TSE de decidir el futuro de Sánchez, y dejan en manos de la Asamblea Legislativa la responsabilidad de decidirlo.
Además, puntualizan que los legisladores no pueden ser objeto de las sanciones por improbidad que cita la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, por cuanto son elegidos por decisión del pueblo, y “no están sujetos a relación estatutuaria o laboral alguna”.
Sánchez intentaba que los altos jueces señalaran que un diputado no puede perder sus credenciales por la aplicación de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, específicamente por el incumplimiento de los artículos 2, 4 y 43 de esa norma.
Reciente. Sánchez presentó la acción después que la Procuraduría General de la República recomendó en noviembre de 2007 al TSE que despojara de las credenciales de parlamentario a Sánchez, pues consideró que violó esa ley.
Lo anterior luego que el propio legislador aceptó su participación en la redacción del memorando a favor del TLC que firmó junto al exministro de Planificción y exvicepresidente Kevin Casas.
Según el artículo 4 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, “la infracción del deber de probidad, debidamente comprobada y previa defensa, constituirá justa causa para la separación del cargo público”.
Los procuradores pidieron al TSE que se pronunciara sobre su recomendación, pero la acción presentada por el diputado liberacionista congeló el proceso.
Manos atadas. Empero, la Asamblea Legislativa no podrá pronunciarse sobre el caso, en vista de que los mismos magistrados señalan que los congresistas no tienen mecanismos para ordenar el levantamiento de credenciales.
FOTOS

El diputado del PLN Fernando Sánchez no se refirió al caso. Dijo que esperará a que se resuelva del todo el tema. Archivo
Caso Casas Sánchez
Un memorando
En setiembre del 2007, cuando las fuerzas del ‘Sí’ y del ‘No’ al TLC se preparaban para el primer referendo del país, salió a la luz pública el memorando del entonces vicepresidente Kevin Casas y del diputado Fernando Sánchez. El documento, dirigido al presidente, Óscar Arias, y al hermano de este, Rodrigo, incluía una serie de argumentos y recomendaciones para que el ‘Sí’ ganara el referendo. Al hacerse público, la Procuraduría de la Ética Pública recomendó al TSE que levantara las credenciales del diputado. Este presentó un recurso de inconstitucionalidad. El resultado: el TSE no puede sancionar a los diputados.
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