LN OPINIÓN

Costa Rica, Miércoles 6 de mayo de 2009

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Ronald Hidalgo | rhidalgo@cdp.co.cr

Cuando lo verde amarga

Abogado

La formación de la voluntad contractual de la Administración Pública tiene su origen en el cartel que describe lo que se desea obtener, la manera en que se escogerá la oferta ganadora y las obligaciones que asumen ambas partes. El pliego de condiciones es la clave de bóveda de una administración inteligente de las compras gubernamentales que culmina con la recepción satisfactoria del contrato.

Desde la Constitución Política, pasando por los instrumentos del Derecho Internacional, los acuerdos celebrados con organismos financieros, hasta desembocar en la legislación interna de cada país, existe coincidencia en que el Estado someta a la competencia entre los oferentes, sus requerimientos de compra, mediante la licitación.

La competencia efectiva busca acrecentar la posibilidad de seleccionar la oferta más ventajosa. Esa es la razón por la que, cuando el Estado sale de compras, debe licitar creando un círculo de potenciales proveedores en libre competencia.

Compra verde. La compra verde es la adquisición de bienes y servicios considerando no solo aspectos económicos o técnicos, sino el comportamiento ambiental de los proveedores y fabricantes. El artículo 31 del proyecto de Ley para la Gestión Integral de Residuos (expediente 15.897) traslada esta valiosa herramienta de la política ambiental a las compras del Estado.

Sin embargo, lo hace despreocupadamente, pues obliga a premiar con un 20% adicional a los oferentes que demuestren que los productos ofrecidos incorporan criterios de gestión integral de residuos así como la gestión del residuo una vez terminada su vida útil. La intromisión legislativa en el contenido del cartel da peso enorme a las “compras verdes”, mas hay que ser cuidadoso al vestir al medioambiente, desvistiendo la competencia en las compras gubernamentales.

Mover al mercado hacia formas de producción limpia gracias a la ponderación positiva de la incorporación de tecnologías ambientales dentro de un proceso licitatorio, constituye la filosofía de la compra verde. Si un oferente puede hacerse con una cuarta parte de la calificación para ser adjudicado y barrer con sus competidores más baratos e igualmente eficientes, los efectos que se buscaron pueden malograrse. El riesgo es que el Estado deba comprar cosas más caras pero que dan color verde a la compra.

La tarea de premiar el uso de tecnologías ambientales –y en qué porcentaje– es resorte de cada institución al momento de elaborar el cartel, la que sopesará la variable ambiental de acuerdo las especificidades del suministro concreto.

Si el Estado intenta alinear a las empresas con sus fines –asegurar el disfrute de un ambiente sano y equilibrado– es arriesgado hacerlo aniquilando otro valor constitucional como lo es la libre competencia entre los oferentes que participan en sus licitaciones.

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