La Sala Constitucional rechazó ayer, por mayoría, una acción de inconstitucionalidad que presentó un reo contra la pena máxima de 50 años de prisión.
La gestión la planteó —en octubre del 2008— el reo Alexánder Vargas Rojas, quien cumple en el centro penitenciario La Reforma una sentencia de 173 años de cárcel por el triple homicidio ocurrido en 1995 en barrio Fletcher, Llorente de Tibás, San José. Las víctimas fueron una pareja y un hijo de tres años.
La pena máxima de 50 años está prevista en los artículos 51 y 76 del Código Penal.
Ambos artículos fueron aprobados por la Asamblea Legislativa en abril de 1994. Antes de esa fecha, la pena máxima era de 35 años.
La acción de Alexánder Vargas, alias Repollo, se presentó contra las supuestas infracciones en el procedimiento legislativo de reforma de los citados artículos. Alegó que 50 años de cárcel es una pena perpetua y degradante.
Un comunicado de la Sala Constitucional confirmó el rechazó de la acción, pero no reveló los fundamentos que tuvieron en cuenta los magistrados.
Según el texto, el magistrado Luis Paulino Mora salvó el voto y declaró con lugar la acción.
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Alexánder Vargas descuenta 173 años de cárcel archivo
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