Las sillas de seguridad para niños no están exentas del impuesto de ventas, como lo pregonaba el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).
Ayer, la propia ministra Karla González cayó en la cuenta de que la reforma a la Ley de Tránsito que aprobó la Asamblea Legislativa no incluye la exoneración que su despacho propuso.
González se enteró luego de que La Nación le mostrara el artículo 12 de la nueva ley, el cual indica que las sillas de seguridad estarán exentas de todo tipo de gravamen, “excepto del impuesto de ventas”.
La Ministra se mostró sorprendida con el texto y sostuvo que la comisión legislativa de Asuntos Jurídicos modificó el artículo.
“Enviamos el proyecto de ley para que quedara exento del impuesto de ventas y, desafortunadamente, consideró la Asamblea que no podía ser así”, comentó.
La eliminación del impuesto de ventas abarataría los dispositivos en un 13% para el consumidor. Hoy, el precio de las sillas varía, según el peso y estatura del niño, entre ¢25.000 y ¢140.000.
El uso de estos dispositivos será obligatorio a partir del próximo 23 de setiembre para todos los niños que viajen en vehículos particulares y tengan una estatura menor de 1,45 metros.
La importación y venta de las sillas se disparó hasta en un 100% en los últimos cinco meses.
Crítica. La ministra González criticó ayer que se eliminara la exoneración, ya que, según señaló, la reforma a la Ley de Tránsito no busca recolectar dinero, sino proteger la vida de los niños.
“Lo que recolecta el Ministerio de Hacienda por la venta de sillas para bebés no es significativo para las finanzas públicas, pero sí es muy importante para el bolsillo de los costarricenses”, aseveró.
Añadió que esta semana presentará a los diputados una modificación para que se varíe la ley.
Jorge Méndez, diputado liberacionista y miembro de la comisión de Jurídicos, dijo ayer que el cambio se fundamentó un criterio técnico del Ministerio de Hacienda.
La Nación consultó sobre dicho criterio a la viceministra de esa cartera, Jenny Phillips, pero dijo no tener la información a mano.
FOTOS

Las sillas de seguridad para niños serán obligatorias a partir del próximo 23 de setiembre. Archivo
Ley de Tránsito
El artículo 12
“Con el fin de hacer efectiva la ejecución de las nuevas disposiciones de esta Ley, relativas a los dispositivos de seguridad que serán utilizados por los conductores, ocupantes de vehículos, ciclistas, motociclistas, la adquisición de los siguientes dispositivos estará exenta de todo tipo de impuestos, excepto del impuesto de ventas: triángulos reflectivos, chalecos retrorreflectivos, las sillas de seguridad definidas en esta Ley, las cintas retrorreflectivas, los cascos de seguridad para los conductores y acompañantes; asimismo, el reemplazo de los siguientes dispositivos: cinturones de seguridad, apoya-cabezas...”.
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