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Costa Rica, Jueves 2 de julio de 2009

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ICE calculó mal el tributo para Cruz Roja, dice informe preliminar

Sutel indaga cobro excesivo de impuesto en recibos telefónicos

 Cliente denunció que se le incluyó el servicio de Internet en cálculo tributario

 Instituto no respondió solicitud de información de la Superintendencia

Esteban Oviedo | eoviedo@nacion.com
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La Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) investiga si el ICE cobra más de lo debido a los usuarios de teléfonos por el nuevo impuesto creado para financiar a la Cruz Roja Costarricense.

Dicho tributo, establecido en diciembre pasado, debe ser pagado por todo propietario de teléfono convencional o celular cuyo recibo supere los ¢5.000 mensuales.

El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) debe recaudar el dinero para que el Gobierno se lo entregue después al benemérito cuerpo de socorro.

Una comisión de la Superintendencia realizó una investigación preliminar porque una cliente del ICE denunció que el Instituto le cobró de más.

La denunciante alegó que se le calculó el impuesto sobre servicios que la legislación no incluye.

Según la ley 8690, el tributo es de un 1% sobre las facturaciones de líneas fijas o celulares. Sin embargo, lo máximo que podría llegar a pagar un usuario por dicho gravamen es ¢500 mensuales.

En el caso de la denunciante, ella sostiene que su teléfono fijo tenía una facturación de poco menos de ¢6.000, por lo que el impuesto no debía superar los ¢60.

Esa factura incluye la tarifa básica, los minutos adicionales de conversación, las llamadas a teléfonos celulares y el servicio 911.

Sin embargo, la abonada sostiene que el ICE incluyó dentro del cálculo del impuesto el costo del servicio de Internet que ella paga (¢14.600 mensuales).

Eso elevó el monto del impuesto de la Cruz Roja a ¢204.

Este recibo correspondía al período comprendido entre el 25 de marzo y el 24 de abril.

Instituto no respondió a Sutel . El 27 de mayo, la comisión investigadora de la Sutel pidió por escrito al ICE información sobre la forma en que cobra el impuesto.

Sin embargo, el Instituto no respondió la solicitud de datos presentada por el ente regulador.

La Superintendencia le había pedido a la entidad estatal indicar la fecha en que empezó a cobrar el impuesto, una muestra representativa de la facturación e indicar los servicios que procedió a gravar.

Esta solicitud fue notificada a Claudio Bermúdez, subgerente de Telecomunicaciones, según el expediente de la Sutel.

Según la comisión, la Sutel también recibió “múltiples llamadas y correos electrónicos” sobre cobros irregulares del impuesto por haber gravado otros servicios.

En el país hay 1,5 millones de líneas fijas y más de 2 millones de líneas celulares.

La comisión concluyó que el ICE cobra el impuesto no solo por tarifa básica y consumo de minutos en exceso, sino también por los demás servicios.

Por ello, recomendó al Consejo de la Sutel abrir un procedimiento administrativo contra el ICE para determinar si es necesario aplicar alguna sanción y ordenar medidas correctivas.

La Nación consultó ayer la versión del Instituto a su vocero Elbert Durán. Sin embargo, al cierre de edición este todavía no había respondido.

Por su lado, la Cruz Roja informó de que el ICE ha recaudado ¢429 millones que corresponden al período febrero-mayo.

Sin embargo, este dinero aún está en la caja única del Estado. La Cruz Roja ya tramitó el giro de dinero, luego de que la Contraloría General le aprobara un presupuesto para usarlo.

FOTOS

  • Nacion.com

    Los diputados crearon el impuesto a fin de fortalecer los recursos de los socorristas de la Cruz Roja. Archivo

Tributo a Cruz Roja

Recaudación en detalle

El texto oficial que creó el nuevo impuesto para financiar parte de las operaciones de la Cruz Roja es el siguiente: “Créase el impuesto rojo específico, por un monto, pagadero mensualmente, de manera permanente, por toda persona propietaria de una línea telefónica convencional o móvil; será recaudado por el Instituto Costarricense de Electricidad o por cualquier otro ente que preste servicios de telecomunicaciones y trasladado a la Tesorería Nacional, el cual será del uno por ciento (1%) sobre la facturación mensual a partir de cinco mil colones (¢5.000) del servicio de telefonía móvil y convencional de personas físicas y jurídicas; dicho monto no podrá exceder de quinientos colones (¢500) por línea telefónica”.

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