¿Cuánto se apegó el reglamento que hizo la Corte a las “Reglas de Heredia”?
Es un buen desarrollo porque no podemos dar menos. Esas (“Reglas de Heredia”) son mínimos, son un piso para garantizar la transparencia con el derecho a la intimidad.
Se habla de encriptar una larga lista de datos y cualquier otro dato “sensible” ¿Quién determina qué es sensible?
Lo que no tenga relación directa con el contenido de la sentencia queda de lado.
Los juicios penales son orales y públicos. En este caso es quitar la publicidad en Internet.
Las “Reglas de Heredia” obedecen a una necesidad de no emitir esos datos por Internet porque, si bien los juicios son públicos, más publicidad se le puede dar a la sentencia en Internet que el público que viene.
¿Entonces sí le quita publicidad?
A la gente no le interesa entrar a la sentencia para ver el caso.
¿Que pasó con el debate sobre publicar nombres de pederatas o abusadores infantiles?
Yo diría que habría que anonimizar o encriptar los nombres aun de los abusadores, pero no recuerdo que la Corte haya tomado una determinación.
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