LN EL PAÍS

Costa Rica, Viernes 17 de abril de 2009

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Requisito fijado por JPS

Permiso para rifas se debe pedir 3 meses antes

Jairo Villegas S. | jvillegas@nacion.com
http://www.nacion.com
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Las organizaciones o centros educativos que planean realizar una rifa tendrán que solicitar el permiso con tres meses de antelación.

Así lo dispuso la Junta de Protección Social (JPS) que es la encargada de dar las autorizaciones.

Los grupos tendrán que enviar una nota a la Junta en la que detallen el día del sorteo, la mecánica y el valor de los números.

También tendrán que presentar un boceto de las acciones o billetes que se utilizarán en la rifa.

Otro de los requisitos establecidos es adjuntar una declaración jurada rendida por el presentante legal de la organización donde se indique que el producto íntegro que se obtenga de la rifa será destinado a los fines por la cual se organiza.

La finalidad de estos juegos de azar solo puede ser social.

Los interesados en realizar la rifa también deben suministrarle a la JPS una copia de los estatutos de la organización y certificación de la personería jurídica.

Las personas que realicen una rifa sin permiso de la Junta podrían ir a la cárcel hasta por nueve meses, en caso de ser reincidentes.

Si son sorprendidos por primera vez, se exponen a ir a la cárcel de tres a seis meses.

También deberá pagar una multa de ¢100.000.

Estos castigos están fijados en el artículo 3 de la Ley de Rifas y Loterías, según la Junta.

Los permisos no los deben tramitar los casinos, Cruz Roja para el Tico Bingo, el juego de Hogares Crea ni las empresas que hagan una promoción en que el cliente podrá ganar un premio si compra algún producto específico, siempre que no tenga que pagar dinero adicional por activar un código.

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