San José (Redacción). Un voto de la Sala IV permitirá a los funcionarios públicos recibir más de 30 anualidades en el pago del salario.
Las anualidades son un reconocimiento económico adicional por cada año laborado.
Los magistrados declararon inconstitucional una disposición de la Ley de Salarios de la Administración Pública de 1957, según la cual el pago de ese rubro tenía un límite de 30 años.
Sin embargo, la Sala aclaró que el voto no tiene efecto retroactivo.
Es decir, quienes ya hayan superado los 30 años de servicio no podrán reclamar las diferencias salariales por los años anteriores, aunque sí se les debe subir el salario de acuerdo a su antigüedad.
El beneficio no se aplicará a los pensionados, agregó el tribunal.
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